El escrito, presentado por el bufete español B. Cremades & Asociados y al que tuvo acceso EFE, se refiere a la pintura 'Rue St. Honoré, Après-midi, Effet de Pluie', expoliada por los nazis en 1939 a Lilly Cassirer Neubauer, y que actualmente está en poder de la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza (TBC) en España.
El cuadro, que Lilly Cassirer (abuela del actual demandante) se vio obligada a entregar a los nazis a cambio de poder huir de Alemania e instalarse en Estados Unidos, fue comprado por el barón Heinrich Thyssen-Bornemisza a una galería de Nueva York en 1976.
Según las leyes españolas, al desconocer que la pintura había sido robada, tres años después de la adquisición se convirtió en el propietario legal del Pissarro.
Sin embargo, las leyes del estado norteamericano de California especifican que las obras de arte expoliadas tienen que ser devueltas a sus propietarios originarios sin importar que el comprador desconociese el origen.
La Corte de Apelaciones del Noveno Circuito de EE.UU. decidió en su momento que, para determinar la propiedad del cuadro, se apliquen las leyes españolas, y no las de California, por lo que confirmaron que el cuadro pertenece a la Colección Thyssen-Bornemisza, una decisión que ha sido recurrida en el Supremo de EE.UU.
Ahora, las comunidades judías de España, representadas por el bufete B. Cremades & Asociados, han presentado un escrito como interesados en el asunto, aunque no litigantes, en el Tribunal Supremo estadounidense en apoyo de la familia Cassirer.
El escrito plantea que España no tiene un interés legítimo en aplicar el artículo 1955 del Código Civil Español, que permitiría a TBC conservar la obra.
Así, argumenta que la devolución de la pintura a sus legítimos herederos está en línea con las políticas y compromisos internacionales y subraya que España ha devuelto recientemente obras robadas durante la Guerra Civil Española y la Segunda Guerra Mundial, lo que refuerza la postura de la devolución.
Agrega además que el ministro de Cultura, Ernest Urtasun, "reconoció recientemente que el caso pudo haberse manejado de otra manera", sugiriendo que la obra debería ser devuelta, plantea el escrito.
En opinión de los abogados de las comunidades judías españolas, mantener la pintura en la colección del Thyssen "dañaría la imagen de España y la convertiría en un posible 'refugio seguro' para arte robado".
Por ello, el escrito concluye que debe aplicarse el derecho sustantivo de California, que determinaría "la restitución de la obra a los herederos de Cassirer, en consonancia con los compromisos internacionales de España".