En su sentencia, los jueces europeos indican que "las autoridades tienen en principio la obligación de facilitar la reunificación familiar desde que es razonablemente posible".
La denuncia fue presentada por Nathanie Sugandhi Musithra van Slooten, a la que se le había retirado en junio de 2017 la autoridad parental sobre su hija, nacida en agosto de 2014, después de una larga serie de desencuentros con los profesionales de protección de la infancia.
En particular, al negarse a que sus aptitudes parentales fueran evaluadas en una clínica, después de varios avisos que le habían lanzado por la inestabilidad de la familia, en particular por los continuos cambios de domicilio y su falta de cooperación con los servicios sociales.
Desde que nació su hija, Van Slooten tenía la autoridad parental exclusiva de la hija y había unas relaciones tormentosas con el padre, marcadas por violencias verbales y físicas que habían llevado a que los servicios sociales estipularan que sólo tendrían contactos supervisados, cosa que incumplieron los adultos.
En su dictamen, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) recuerda que retirar la autoridad parental podría estar justificado para proteger la salud de la niña, pero que las autoridades deben buscar "un justo equilibrio" entre los intereses en juego.
En cualquier caso, añade que "de manera general, el interés superior del niño dicta que se mantengan los vínculos entre él y su familia, salvo en los casos en que ésta se mostrara particularmente indigna porque romper ese vínculo equivale a separar al niño de sus raíces".
Para el caso de Van Slooten, los jueces critican que las autoridades neerlandesas no hicieron "un análisis en profundidad" sobre la vulnerabilidad de la niña cuando la retirada de la autoridad parental la habían justificado por la "necesidad de estabilidad".
Sobre todo, reprochan que las medidas que los servicios de la infancia habían tomado contra la madre antes de eso se basaban principalmente en la constatación de que se había mostrado "poco cooperativa", en particular en lo que respecta a su evaluación en una clínica.
"Nada en el dosier indica que no estaba abierta a otros medios de evaluar sus aptitudes parentales", subrayan, antes de hacer hincapié en que Van Slooten era "una persona vulnerable que claramente ya no tenía confianza en los servicios sociales".
Por eso el TEDH concluye que las autoridades no tendrían que haber renunciado tan pronto a contemplar que la reunificación de la madre y la hija podía ser "el interés superior del niño".
Los Países Bajos deberán pagar a la demandante 20.000 euros en concepto de los daños morales sufridos.