Conacom recomienda modificar proyecto de ley de compras públicas

La Comisión Nacional de la Competencia (Conacom) recomienda a la Cámara de Senadores introducir varias modificaciones al proyecto de ley de “Suministro y Contrataciones Públicas” presentado por el Poder Ejecutivo, con miras a promover la competencia y evitar prácticas colusorias.

Compras públicas realizadas por año.
Compras públicas realizadas por año.

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La entidad remitió su recomendación sobre el referido proyecto de ley, que está actualmente en estudio en las comisiones del Senado, en virtud del artículo 29 de la Ley N° 4956/2013, que estipula que una de las facultades de la Conacom es la emisión de opiniones sobre anteproyectos de leyes que afecten a la competencia, según indica en la nota de presentación.

La opinión de la institución abarca diversos temas como el registro de inhabilitados, los márgenes de preferencia, las juntas de aclaraciones y la garantía de mantenimiento de la oferta, con la finalidad de contribuir al análisis con miras a promover la competencia y evitar prácticas colusorias.

Doce puntos

El análisis incluye doce puntos: sobre la participación de consorcios, propone modificar el artículo 20 de manera a subordinar la posibilidad de participar en consorcios a la decisión de la administración convocante, manifestada en el pliego de bases y condiciones, en virtud al estudio de mercado realizado.

Con respecto al registro de inhabilitados, plantea modificar el artículo 21 para agregar un inciso que mencione expresamente como una limitación para ofertar y contratar la condición de estar sancionados por la práctica de conductas colusorias, armonizando así dicho artículo con las disposiciones vigentes en materia de defensa de la competencia.

Sobre el registro de proveedores, indica que se debe precautelar que para dicho registro no se puedan establecer requisitos restrictivos para potenciales oferentes; en cuanto a los estudios de mercado, modificar el artículo 26 de manera a incorporar una disposición que autorice a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) y a la Conacom a establecer requisitos mínimos para los estudios de mercado.

En relación la publicación del programa anual de contrataciones (PAC), indica que se debe modificar el artículo 28 de manera a disponer como regla la confidencialidad de los montos del PAC, salvo justificación de la necesidad de publicación determinada por la convocante o la DNCP.

Margen de preferencia

En cuanto a los márgenes de preferencia para oferentes nacionales en procedimientos de carácter internacional, realizar un estudio de impacto de dichas medidas de manera a asegurar que no se desincentive la participación de empresas internacionales y no se distorsione la competencia.

Sobre la lotificación de contratos, precautelar que la misma proceda en virtud de estudios de mercados para su implementación en aquellos casos en que la división permita aumentar la competitividad; mientras que sobre las juntas de aclaraciones, señala que se debe modificar el artículo 49 para suprimir la posibilidad de que las mismas se realicen, salvo que en ellas se pueda asegurar por completo que no habrá interacción alguna entre potenciales oferentes.

Con respecto a la garantía de mantenimiento de oferta, dice que salvo que un estudio técnico confirme su necesidad en todos los casos, modificar el artículo 51 de manera a que la garantía de seriedad de ofertas se pueda dar, por regla general, mediante la presentación de declaraciones juradas y que, en los casos en que se exija una garantía de mantenimiento de ofertas mediante garantías bancarias o seguro, la misma sea de “hasta” el 5%.

La subcontratación

La Conacom también sugiere sobre la subcontratación, modificar el artículo 69 del proyecto de ley, incluyendo un párrafo que disponga la creación del registro de subcontratación.

Además, plantea la inclusión de un artículo adicional sobre declaraciones de determinación independiente como herramienta de información y disuasoria sobre prácticas colusorias; y, por último, la inclusión de un artículo adicional sobre la disponibilidad de los documentos e informaciones en los sistemas de administración de contrataciones públicas (el SICP, el Registro de Proveedores del Estado y el Sistema de Seguimiento de Contratos) de la DNCP para la Conacom en el marco del ejercicio de sus funciones de investigación y sanción de conductas colusorias.

El referido proyecto de ley fue analizado ayer en una audiencia pública realizada por la Comisión de Hacienda y la Comisión de Legislación del Senado, en donde el titular de Conacom, Rolando Díaz, expuso las sugerencias presentadas al Legislativo.

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