Franco ordena a funcionarios declarar bienes

El presidente de Paraguay, Federico Franco, emitió una disposición por la cual ordena que los funcionarios públicos presenten una declaración jurada de bienes, en cumplimiento del artículo 104 de la Constitución Nacional.

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Luego de desatarse un escándalo por el aumento considerable de su patrimonio desde el 2008, Franco garantizó su predisposición a hacer cumplir la obligatoriedad de la declaración jurada de bienes y hacer extensivo este compromiso a todos los trabajadores estatales.

“Ya sacamos una circular por la que los funcionarios cumplan con la ley y presenten su declaración”, manifestó el gobernante, de acuerdo a una publicación de IP Paraguay, que reproduce sus declaraciones en la 970 AM.

El artículo 104 de la Constitución paraguaya ordena que todos los empleados públicos presenten una declaración jurada en el transcurso de los primeros 15 días de haber asumido en el puesto y luego de dejar el cargo.

La disposición de la Carta Magna afecta a los “funcionarios y empleados públicos, incluyendo los de elección popular, las entidades estatales, binacionales, autárquicas, descentralizadas y, en general, quienes perciban remuneraciones permanentes del Estado”.

Pese a que la obligación está vigente, aún se requiere de una reglamentación que contemple medidas para evitar la violación de la misma.

En el Congreso se analiza un proyecto de ley que regula y castiga la no presentación de la declaración jurada por parte de los funcionarios.

La normativa había sido aprobada a mediados de este año en la Cámara de Diputados; sin embargo, fue rechazada por el Senado.

Se espera que la Cámara Baja vuelva a tratar el tema en los próximos días, considerando un pedido de la bancada de Patria Querida.

El documento del Poder Legislativo prevé sancionar a la autoridad que permita a los funcionarios a su cargo violar la obligatoriedad de la declaración jurada, con la prohibición de ocupar cargos públicos por 10 años.

Igual suerte correrían los empleados, para quienes además se contempla una multa de entre 300 y 500 jornales mínimos.

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