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En su dictamen, la Secretaría Nacional Anticorrupción refiere que atendiendo los principios de transparencia, la Senabico debe dar a conocer no solo el contrato, sino los nombres de los contratantes y otros datos que contengan. Se sustenta en la ley 5282/14 de “Libre acceso ciudadano a la información pública y transparencia gubernamental”.
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La ministra Gómez usó un amañado dictamen de su asesor jurídico Iván Lobos, que le aconsejó no dar a publicidad el contrato. Para ello, alegó la ley que regula la información de carácter privado e ignoró la propia disposición legal de la Senabico, institución que se creó bajo los principios de la eficiencia y transparencia.
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La Secretaría Nacional Anticorrupción señaló que en el análisis jurídico de la Senabico se omitió el análisis de parte de la norma, para argumentar a favor de la no publicación del contrato de alquiler de la mansión de Cucho.