Corte Suprema dice que se podrá acceder a resoluciones judiciales a través de la web

La Corte Suprema de Justicia asegura que pese a la eliminación de copias de las resoluciones seguirá garantizando el acceso a los fallos judiciales. Hoy a la tarde, tras las críticas, informaron que todas las resoluciones se encuentran actualizadas en la página web.

Sesión del pleno de la Corte Suprema de Justicia.
El pleno de la Corte aprobó la eliminación de la tercera copia de las resoluciones para ahorrar en papel.Archivo, ABC Color

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En la sesión ordinaria del miércoles 30 de junio, el pleno de la máxima instancia judicial dictó la Acordada N° 1533, por la cual se actualiza la normativa con relación a la impresión de ejemplares de las resoluciones dictadas por los juzgados y tribunales de toda la República y por la misma Corte Suprema.

El documento argumenta que con la disminución del uso de papel, lo que busca la institución es “adaptarse a los tiempos modernos, a los avances tecnológicos y contribuir con el cuidado de los recursos naturales”.

La Acordada N° 1533 agrega que la decisión de eliminar la copia de los fallos judiciales comulga con la política de sostenibilidad ambiental de la Corte, de conformidad al art. 36 de la Acordada N° 783 “Por la que se aprueba el Código de Buen Gobierno del Poder Judicial”.

Mediante un comunicado difundido por la Dirección de Comunicación el viernes a la noche, la CSJ asegura que la eliminación de la copia de resoluciones tiene como único objetivo “avanzar en el proceso de despapelización de los Tribunales y favorecer el ahorro de recursos institucionales, disminuyendo igualmente el impacto ambiental que genera el uso del papel”.

Puntualiza también que se está trabajando para que el avance en el uso de estas nuevas tecnologías redunde en beneficio de los usuarios con un mejor servicio de justicia, más eficiente y transparente.

Finalmente resalta que “se buscarán los mecanismos para seguir garantizando el acceso efectivo de los medios de comunicación a los fallos judiciales, incluso con la utilización de plataformas digitales”.

El cuestionamiento publicado en nuestro diario da cuenta que el máximo tribunal no garantizaba que las nuevas herramientas para que los medios de prensa tengan acceso a todas las resoluciones judiciales serán implementadas en la brevedad pese a que la medida ya entró en vigencia el pasado jueves.

Pero en el nuevo comunicado de ayer, la Corte da cuenta que informa que se debe acceder al link https://www.csj.gov.py/ResolucionesWeb/Formularios/inicio.aspx, para visualizar todos los fallos judiciales (Autos Interlocutorios, Sentencias Definitivas y Acuerdos y Sentencias) firmados digitalmente por los juzgados de primera instancia y tribunales de Apelación en dónde se encuentra implementado “el expediente electrónico.

“De tal modo, todas las resoluciones judiciales firmadas digitalmente se encuentran disponibles y actualizadas de manera inmediata, por ejemplo, en la Secretaría 37, se puede apreciar que la última resolución de tipo Sentencia Definitiva que figura en la página corresponde a la fecha 02/07/2021 tal como puede apreciarse en la pantalla que corresponde a la sentencia definitiva 251 del 02/07/2021″, indica el escrito de la Corte.

“Igualmente las resoluciones judiciales que no son firmadas digitalmente, una vez recepcionadas por la Dirección de Estadísticas Judiciales de los Tribunales, son analizadas, registradas, escaneadas y posteriormente se suben a la misma plataforma de la Corte Suprema de Justicia”, dice parte del comunicado.

JURISPRUDENCIAS

El comunicado alude a los fallos del máximo tribunal, a los cuales también el público en general puede acceder. “Cabe resaltar que los fallos de las Salas de la Corte Suprema de Justicia, se encuentran también disponibles en el apartado JURISPRUDENCIA, en el cual cual pueden acceder de forma online al formato digital(escaneado) de todas las resoluciones, de las cuatro salas, de la Corte Suprema de Justicia.”

También aclara que “toda persona que tenga interés en acceder a los documentos mencionados, puede hacerlo desde cualquier dispositivo con conexión a internet y desde cualquier punto del país, sin necesidad de concurrir a las sedes Judiciales, las 24 horas del día y los 7 días a la semana”.

Enlance copiado
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