Nadie controla a carriteros

Las normativas legales vigentes en cuanto a la circulación y el manejo de los carros a tracción animal son letra muerta en nuestra capital. Muchos carriteros circulan sin ningún control por parte de los agentes municipales de tránsito.

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Estos vehículos entorpecen el tránsito y sus guías ponen en peligro su vida y la de muchos otros conductores.

n un recorrido por el microcentro de la capital se pudo observar cómo los carriteros circulan por las calles céntricas sin ninguna vergüenza y ante las narices de los propios agentes de tránsito. El andar lento y cansino de los carros pone nervioso a más de un conductor, quien no duda en realizar maniobras de adelantamiento para apresurar la marcha.Muchos conductores de carros llevan consigo a acompañantes, evidentemente menores de edad, lo que también está prohibido por las normas de tránsito, y posiblemente ni siquiera portan sus licencias de conducir.

Reglamento

De acuerdo al Artículo 22º del Reglamento General de Tránsito, “los conductores de los vehículos de tracción animal deberán obtener la licencia de conducir que los acredite para desarrollar esta actividad, para lo cual deberán demostrar conocimientos básicos de las normas y señales de tránsito, mediante examen teórico que se les practicará en la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de Asunción. La tenencia de la licencia de conducir será obligatoria, mientras se conduce el vehículo de tracción animal. La inobservancia de esta disposición será considerada una falta grave”. Según las denuncias de algunos conductores de vehículos, los carriteros que circulan por las principales avenidas de Asunción, a cualquier hora del día, complican aun más el caótico tráfico. Aunque, según el Art. 218º del mencionado reglamento, solo les está permitido circular entre las 20:00 y las 6:00. Además, muchos propietarios de los carritos permiten que menores de edad guíen los carros. Sin embargo, la normativa establece claramente -en su Art. 23º- que la licencia de conducir será expedida previo cumplimiento de los requisitos, como el de tener 18 años cumplidos.

Varias penas para los infractores

Las sanciones previstas en el Reglamento Municipal de Tránsito para los carriteros que violen las disposiciones establecidas son: amonestación, multa, concurrencia a cursos especiales de educación y capacitación y, en casos graves, la inhabilitación de la licencia por el período de cinco años.

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