Siguen dando largas a expulsión de Portillo

Diputados sigue sin definir cómo actuar ante el pedido de pérdida de investidura del diputado Carlos Portillo. Insisten en que se debe crear una nueva ley para reglamentar el artículo constitucional 201 y dudan si debe juzgar la Cámara o el TSJE.

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El diputado Derlis Maidana, integrante de la Comisión Especial para reglamentar la pérdida de investidura, indicó que para el miércoles de la próxima semana pretenden presentar un dictamen para recomendar cómo actuar ante el caso Portillo y otros que se presenten y el pleno deberá definir.

Esta mañana recibieron a los abogados Luis Lezcano Claude, Jorge Bogarín y Victoria Rivas, que opinaron sobre el tema. Según resumió Maidana, todos concordaron en que se debe crear una ley para reglamentar el artículo constitucional y no basta con un reglamento interno.

Entre los juristas existen discrepancias entre quienes defienden que es la Justicia Electoral la que debe juzgar los pedidos de pérdida de investidura y los que creen que deben hacerlo entre colegas.

“El Dr. Lezcano Claude y el Dr. Bogarín coinciden que tiene que ser la Justicia Electoral, ya que la Constitución del '92 habla que los títulos y acciones devenidas de las elecciones corresponden a la Justicia Electoral; sin embargo, la Dra. Victoria Rivas coincide en que tiene que ser el parlamento, la Cámara de Senadores o Diputados la que juzgue sus propios miembros”, afirmó el diputado.

Un punto importante sobre el cual hay unanimidad entre los asesores es la mayoría requerida para expulsar a un legislador, donde consideran que basta la mayoría simple. “Todos coinciden que tiene que ser una mayoría simple, que al hablar del artículo 185 de la Constitución Nacional, que cuando no se establece, la mayoría se entenderá que es una mayoría simple”, comentó. Con la derogación de la Ley de Autoblindaje, finalmente se logró revertir la imposición de una mayoría absoluta.

El caso Portillo, no obstante, presenta una particularidad, ya que al estar presentado el pedido de pérdida de investidura y como ninguna ley es retroactiva, los legisladores deberán definir cómo proceder en ese caso, independientemente al estudio de una ley reglamentaria. En ese caso, los juristas sentaron en mayoría una postura que favorecería al diputado liberal, ya que sugirieron esperar que la Justicia defina su caso.

“Entonces el Dr. Lezcano Claude y el Dr. Jorge Bogarín coinciden en que Portillo tiene que ser sometido a la justicia ordinaria y que su pérdida de investidura tiene que estar a la resulta de lo que decida la Justicia ordinaria”, expresó.

Remarcó, a título personal, que considera que no corresponde ceder la responsabilidad del juzgamiento al TSJE. "Yo, por ejemplo, tengo la opinión que tenemos que ser nosotros, porque nos hemos declarado competentes en el caso José María Ibáñez, le hemos juzgado, no se alcanzó los votos necesarios. No podemos declararnos competentes en un caso y en otro no", dijo.

El abogado Jorge Bogarín se comunicó con nuestra redacción para aclarar que su dictamen en parte es en parte contrario a lo que expresó el diputado Maidana. Específicamente el opina que la pérdida de investidura es una cuestión "política", paralela el proceso judicial.

El dictamen de Bogarín es claro en indicar que "el tráfico de influencias no era un hecho punible, por ende, el alcance del “fehacientemente” no es una comprobación jurídica sino política, que requiere una actividad probatoria mínima para la comprobación de hechos".

El mismo consideró que se pudo haber tratado de una confusión del diputado. También aclaró que no fueron consultados sobre el caso específico de Portillo, sino que apenas le consultaron sobre si en el caso de reglamentar el 201 se podría aplicar al proceso de Portillo, a lo que él respondió que no, porque la ley no es retroactiva. 

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