Derechos humanos

Los derechos humanos son facultades inherentes y esenciales que el hombre posee por el mero hecho de serlo, sin tener en cuenta la raza, el credo, el sexo, la edad ni la condición social. Están en estrecha relación con la dignidad personal y son inalienables.

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ORIGEN

En la Edad Media primaban los derechos estamentales, esto es, de los estamentos en que se configuraba y estructuraba la sociedad. Pero para empezar a hablar de los derechos humanos, primero tuvieron que debilitarse los vínculos estamentales y consolidarse paulatinamente el Estado moderno.

Los grupos minoritarios de la sociedad, como los hugonotes (reformistas) franceses fueron perseguidos, estos reclamaron la tolerancia y la libertad de conciencia, y así dieron origen a los derechos humanos. Surgieron de agitaciones colectivas y no implican una tensión entre particulares ni entre el ciudadano y el Estado.

En sus inicios, los derechos humanos se inspiran en un planteamiento filosófico y en unas garantías difíciles de aplicar cuando no son ilusorias. Más tarde, se forjan en declaraciones de derechos, que favorecen el tránsito de los derechos humanos a los derechos fundamentales, dotados de garantías. Se establecieron en el Derecho Internacional a partir de la II Guerra Mundial y se elaboraron muchos documentos para enumerarlos, propiciar su protección, declarar su importancia y la necesidad de respetarlos.

El 10 de diciembre de 1948 fue aprobada la Declaración Universal de Derechos Humanos por las Naciones Unidas. En esta declaración se distingue entre derechos relativos a la existencia misma de la persona y los relativos a su protección y seguridad, a la vida política, social y jurídica de la misma, y los derechos de contenido económico y social.

El 20 de noviembre de 1959 fue firmada la Declaración de Derechos del Niño; el 20 de diciembre de 1959, la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer; el 16 de diciembre de 1966 fueron adoptados por las Naciones Unidas el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Pacto de Derechos Civiles y Políticos.

El 4 de noviembre de 1950 se estableció la Convención Europea para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, que cuenta con una Comisión y con el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Precedentes de la Declaración de los Derechos Humanos:

1. La declaración de los derechos del hombre y del ciudadano: La independencia americana de 1776 y la declaración francesa de 1789 marcaron un precedente importante en el proceso de reconocimiento de los derechos civiles y políticos, y más tarde los derechos económicos, sociales y culturales.

2. El movimiento obrero: Cumplió un papel fundamental al reclamar las condiciones materiales básicas para una vida digna, como el reconocimiento de los derechos de huelga, jornal de ocho horas, salario justo, condiciones dignas de trabajo, vivienda, salud y educación.

DERECHOS HUMANOS EN PARAGUAY

Después de las dos guerras internacionales, el Paraguay quedó devastado. La clase dirigente se abocó entonces a la reconstrucción del país. En 1920 aún no teníamos una experiencia social sobre el funcionamiento de una sociedad democrática.

Durante el periodo dictatorial del general Alfredo Stroessner, que duró treinta y cinco años, se habían violado los derechos humanos. El derecho a la vida, a la seguridad, los derechos intelectuales y los económicos no fueron respetados. El 3 de febrero de 1989, un grupo de militares comandados por el general Andrés Rodríguez produjo un golpe de Estado y derrocó la larga dictadura stronista.

El paso de un régimen despótico a uno democrático fue sumamente complejo. En el periodo democrático se lograron avances significativos en los derechos de Primera Generación en donde los Poderes del Estado garantizan los derechos políticos de los ciudadanos. Los derechos humanos de Tercera Generación son aún derechos difícilmente respetados en el Paraguay y prácticamente no son considerados como tales, aunque figuran en la Constitución Nacional de 1992.

Pactos, leyes y normas nacionales e internacionales que reconocen estos derechos:

La Declaración Universal de los Derechos Humanos.

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966, ratificado por el Paraguay por Ley Nº 4, de fecha 9 de abril de 1992.

El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ratificado por Paraguay por Ley Nº 5, de fecha 9 de abril de 1992.

El Pacto de San José de Costa Rica, ratificado por Paraguay por ley Nº 1, de fecha 8 de agosto de 1989.

En 1958, los derechos humanos ya fueron reconocidos. Gradualmente las legislaciones fueron incorporando mecanismos e instituciones para confirmar estos derechos. Las normas universales forman parte del Derecho Nacional, son obligatorias y exigibles en instancias nacionales e internacionales, y han sido reconocidas por el Estado paraguayo a través de la Constitución Nacional y de Resoluciones legislativas.

En el Paraguay existen actualmente los siguientes códigos: el Código Civil, Código Penal, Código Laboral y Código de la Niñez y de la Adolescencia.

CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS HUMANOS

Los Derechos Humanos son:

Naturales: Todo ser humano los posee por el hecho de ser persona.

Universales: Pertenecen a toda la Humanidad y todos los Estados deben respetarlos.

Indivisibles: No pueden ser seccionados o elegidos. Es un compromiso total que exige el respeto a todos los derechos.

Integrales: Todos tienen igual importancia.

Inalienables: No pueden ser vendidos, ni transferidos ni renunciados.

Inviolables: No pueden ser lesionados ni destruidos.

CLASIFICACIÓN

Derechos Humanos Internacionales:

1. Proyección Universal:

a)Carta de las Naciones Unidas (1945).

b)Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948).

c)Pactos Internacionales de 1966:

Pactos de Derechos Civiles y Políticos.

Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

2. Proyección Regional:

a)Carta de la Organización de los Estados Americanos (1948).

b)Declaración Americana de Derechos y Deberes del hombre (1948).

c)Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969).

Derechos Humanos Nacionales:

a)Constitución Nacional de 1992.

b)Tratados y acuerdos internacionales ratificados.

c)Códigos: Civil, Penal, Laboral, de la Niñez y la Adolescencia.

d)Leyes.

LA IMPORTANCIA DE CONOCER LOS DERECHOS HUMANOS

Las personas que conocen sus derechos tienen más posibilidades de hacerlos respetar. La difusión de estos derechos es una forma eficaz de defenderlos, de promover el respeto hacia la humanidad y crear sociedades más tolerantes y pacíficas.

ACTIVIDADES

I. Contesta con F (falso) o V (verdadero):

___ Los Derechos Humanos son iguales para todos, excepto para los
menores de edad.

___ Estos derechos son naturales, es decir, todo ser humano los posee por el hecho de ser persona.

___ Responden a las necesidades humanas de vivir dignamente.

___ Contemplan que algunos derechos pueden ser violados.

___ Es mejor que las personas desconozcan sus derechos, así nada reclaman.

___ Las normas universales han sido reconocidas por el Estado paraguayo a través de la Constitución Nacional y de Resoluciones legislativas.

II. Cita:

a)Las características de los derechos humanos:

b)La clasificación de los mismos:

c)Los pactos, las leyes y las normas que reconocen estos derechos:
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