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Desde Hacienda indicaron que para los pagos, que están establecidos en la Ley N° 838/96 y 3608/08, será de rigor la presentación de la cédula de identidad civil vigente y fotocopia de la misma. Los cheques se entregarán única y exclusivamente a los beneficiarios de forma directa.
Los pagos corresponden a las siguientes resoluciones D.P. Nº 1043/12, 1813/12, 865/12, 1003/11, 1917/12, 1790/12, 1693/12, 1571/12 y 1868/12. En tanto que las resoluciones Nº 90/13, 99/13, 109/13, 110/13, 112/13, 117/13, 141/13 y 163/13 fueron excluidas del listado por tener dictamen denegado de la Procuraduría General de la República.