La adquisición de activos y pasivos deberá ser autorizada por el BCP

La adquisición parcial o total de activos y pasivos negociada entre entidades financieras, superado un tiempo y un nivel establecido, deberá contar ahora con un dictamen favorable de la Superintendencia de Bancos y la aprobación del directorio del Banco Central del Paraguay (BCP). Su titular, Carlos Fernández Valdovinos, señaló que esto impedirá que los entes compren a otras entidades, sin adquirir la licencia correspondiente.

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El BCP emitió la Resolución Nº 2 por la cual se reglamenta la adquisición de una parte o la totalidad de activos y pasivos, negociada entre entidades financieras, considerando que es necesario establecer normas claras que faciliten y promuevan el fortalecimiento del sistema financiero a través de acuerdos comerciales entre sus integrantes.

La referida resolución establece que este tipo de transacción deberá contar con dictamen previo favorable de la Superintendencia de Bancos (SIB), toda vez que por cada operación o sumadas estas a otras anteriores similares concretadas en los últimos doce meses, represente para la entidad vendedora, al menos 20% o más del total de su cartera de préstamos y/o 40% o un porcentaje superior del total de sus depósitos del sector no financiero.

Además, determina que para el caso de sucursales del exterior, la aprobación de dicha operación deberá constar en acta del directorio de la casa matriz.

Eludir 

El presidente del BCP, Carlos Fernández Valdovinos, explicó que con esta normativa el Banco Central es el que debe autorizar esta operación de compra de activos y pasivos, cosa que no ocurría anteriormente porque no estaba reglamentada.

Con esto, añadió, se evita que las entidades financieras en su afán de expansión terminen comprando otras entidades, no a través de la adquisición de la licencia sino de los activos y pasivos.

Anteriormente, solo la compra de licencia debía ser autorizada por el Banco Central, pero la compra de activos y pasivos no porque carecía de reglamentación, lo que ahora se subsana con esta nueva disposición porque es el BCP el que deberá aprobar la transacción. 

Fernández Valdovinos dijo que esta nueva disposición le da muchísima más tranquilidad al sistema financiero, en el sentido de que cualquier tipo de movimiento significativo de activos y pasivos va a estar bajo control. “Como de hecho lo están; por ley nosotros tenemos que autorizar las absorciones, lo que pasaba es que esta era una manera elegante de evitar las regulaciones del BCP, no se adquirían las licencias, pero sí todos los activos y pasivos”, señaló.

Rafael Lara, miembro del directorio del BCP, expresó que esta reglamentación tiene por finalidad buscar siempre la estabilidad del sistema financiero, no generar incertidumbre, sobre todo por el lado de los depositantes en las entidades que son compradas.

Aviso

La Resolución Nº 2 también ordena la publicación de un aviso de la operación a realizarse, por ambas entidades, para que el público en general tome conocimiento de ella; así también, dispone que la entidad adquirente incluya en sus estados contables, las recomendaciones y ajustes resultantes de la supervisión de la Superintendencia de Bancos y de las auditorías externas.

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