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Durante más de cinco años, CDS Energy tuvo en sus manos una propiedad de 500.000 hectáreas en el Chaco para trabajos de exploración y prospección en el bloque Boquerón (Chaco), tras una concesión que le otorgó el Estado.
Un año después de que venciera el plazo, sin que se realizara una sola excavación, CDS Energy recurrió al Tribunal de Cuentas solicitando que se deje sin efecto la resolución administrativa por la cual el Viceministerio de Minas y Energía le comunicó la extinción del contrato.
El Tribunal de Cuentas hizo lugar a la demanda, obviando que en derecho administrativo el plazo para recurrir resoluciones es de 18 días hábiles y que la Ley de Hidrocarburos, en su artículo 66, establece que el contrato se extingue por el transcurso del plazo, sin necesidad de notificación.
El caso debe definirse ahora en la Corte Suprema de Justicia.
El viceministro Buongermini dijo que teme que en el futuro las empresas que alguna vez tuvieron contratos de concesión con el Estado para exploraciones y prospecciones se sientan con derecho a hacer este tipo de reclamaciones.