Sospechosa pretensión

Hay funcionarios del Ministerio Público que no desean que los datos de sus declaraciones juradas de bienes y rentas sean conocidos ni que la Contraloría General de la República conozca sus cuentas bancarias y lo que encierran sus cajas de seguridad y han interpuesto una acción de inconstitucionalidad contra dos artículos de la Ley 5033/13, que reglamenta el artículo 104 de la Constitución. Es muy llamativo que hasta ahora solo funcionarios del Ministerio Público y del Poder Judicial hayan promovido ante la Corte Suprema de Justicia acciones de inconstitucionalidad contra la Ley N° 5033/13. Resulta que los primeros dependen de la Fiscalía General del Estado, que dictamina en dichas acciones; los segundos, de la CSJ, que las resuelve. Esta ley debe servir para luchar con mejores armas contra los ladrones de cuello blanco que, naturalmente, buscan ocultar su estado. Ningún funcionario debe librarse de su cumplimiento.

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Hay funcionarios del Ministerio Público que no desean que los datos de sus declaraciones juradas de bienes y rentas sean conocidos ni que la Contraloría General de la República (CGR) conozca sus cuentas bancarias y lo que encierran sus cajas de seguridad. Por eso, antes de actualizarlas usando el nuevo formulario de la CGR, el sindicalista Odilón Turo promovió en su representación una acción de inconstitucionalidad contra dos artículos de la Ley N° 5033/13, que reglamenta el 104 de la Constitución.

El accionante sostiene que “las disposiciones de la mencionada ley dictada por la CGR” violan principios básicos garantizados en varias normas constitucionales. Objeta que su art. 3°, inc. 5°, ordene que la declaración jurada incluya la autorización para que la CGR revele su contenido, a través de los órganos jurisdiccionales, ya que así “está ejerciendo una coacción sobre el funcionario, obligándolo a accionar contra sus propios intereses y de terceros”. Es decir, como su interés podría consistir en ocultar su patrimonio en un juicio de divorcio o de prestación de alimentos, por ejemplo, la CGR no debería revelar al magistrado el contenido de la declaración.

Si la cuestión que se alega es que no debe ser forzado a dar una autorización que pueda perjudicarle a él o a otros, resulta que la propia obligación constitucional de presentar dos declaraciones juradas de bienes y rentas –una al ingresar en la función pública y otra al dejarla– sería paradójicamente “inconstitucional”, pues el funcionario podría incriminarse a sí mismo al revelar datos de cuya comparación surja un enriquecimiento ilícito.

Cuando la ciudadanía exigió que se publicaran sus nombres con sus respectivos sueldos, los funcionarios del Congreso sustentaron que se violaría el derecho a la intimidad, y los de las entidades binacionales de Itaipú y Yacyretá sostuvieron que correrían el riesgo de ser “secuestrados” o “chantajeados”. En el escrito presentado a la Corte Suprema de Justicia en representación de funcionarios del Ministerio Público, se invocan ambos pretextos para que sus bienes y rentas no sean conocidos ni siquiera por un juez.

La acción de inconstitucionalidad también ataca el art. 11 de la Ley N° 5033/13, que obliga a las entidades financieras y bancarias a informar, a pedido de la CGR, sobre la existencia o no de cajas de seguridad a nombre de los funcionarios cuyos bienes son investigados; en caso de ausencia o negativa del titular, deben facilitar los medios para abrirlas y verificar su contenido en presencia del escribano mayor de Gobierno. El sindicalista afirma que esta disposición lesiona la norma constitucional de que el recinto privado solo podrá ser allanado o clausurado por orden judicial. La orden judicial solo sería necesaria en el caso de que los obligados –las entidades financieras y bancarias– se nieguen a que autoridades ingresen en sus recintos. Si la CSJ creyera que también la caja de seguridad es un recinto privado, la CGR debería solicitar en cada caso una orden judicial, en el marco de su investigación.

Es muy llamativo que hasta ahora solo funcionarios del Ministerio Público y del Poder Judicial hayan promovido ante la Corte Suprema de Justicia acciones de inconstitucionalidad contra la Ley N° 5033/13. Resulta que los primeros dependen de la Fiscalía General del Estado, que dictamina en dichas acciones; los segundos, de la CSJ, que las resuelve. Es de suponer, entonces, que confían en que sus respectivos superiores jerárquicos les den “una mano”, poniendo así un innecesario manto de duda sobre la honorabilidad de los mismos. Si reciben “una mano”, no solo se facilitaría el ocultamiento de bienes y rentas: también se generaría una injusta desigualdad entre esos funcionarios y los que no han cuestionado la ley, pues el fallo que se dicte solo afectará al caso concreto planteado.

La entrada en vigencia de la Ley N° 5033/13 ya implicó una victoria de la honestidad en la batalla contra la corrupción. Ahora hace falta, desde luego, que sea cumplida por los obligados, y que la CGR ejerza las atribuciones que ella le confiere para impedir que el ejercicio de la función pública sirva –tan fácilmente como hasta ahora– para el enriquecimiento ilícito. Esta ley debe servir, como esperamos, para luchar con mejores armas contra los ladrones de cuello blanco que, naturalmente, buscan ocultar su estado patrimonial. La ciudadanía no tendrá acceso a los datos de las declaraciones juradas, como alguna vez se pretendió, pero la CGR sí podrá investigar su veracidad para eventualmente formular la denuncia que corresponda ante el Ministerio Público.

Ningún funcionario debe librarse de su cumplimiento, aunque haya quienes pretendan el amparo privilegiado que pudieran brindarles el fiscal general del Estado y los ministros de la Corte Suprema de Justicia.

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