Allanan camino para pena reducida con base en informe de la Dimabel

El juez Humberto Otazú no puede todavía señalar la audiencia preliminar del propietario de la empresa de seguridad, blindaje y transporte de caudales Vip Security SA, Atilio Gómez Buongermini, y su esposa, Rosa Isabel Brizuela, en el caso de tenencia irregular de armas porque la fiscalía no remite la carpeta fiscal. Sugestivamente, la pareja obtuvo salidas benevolentes en la causa.

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Otazú intimó a la fiscala de la Unidad Antisecuestro Sandra Quiñónez el pasado 12 de febrero y todavía no se remitieron los antecedentes del caso.

El magistrado, una vez que reciba la carpeta fiscal, debe poner a disposición de las partes el escrito del Ministerio Público, y recién después fijará la preliminar donde debe definir un pedido de suspensión condicional del procedimiento a favor de Gómez Buongermini y un criterio de oportunidad para su esposa, Rosa Brizuela.

El 26 de enero de este año Quiñónez decidió pedir un cambio de calificación en este proceso penal. En esta causa el fiscal Rogelio Ortúzar había imputado el 26 de enero de 2014 por el hecho punible de “detentación de armas de uso civil”, que tenía alta expectativa de pena (de 5 a 10 años de cárcel).

Luego, el juez Hugo Sosa Pasmor (interino de Otazú) varió por el atenuante del mismo tipo penal (hasta 5 años de pena).

Ahora, el Ministerio Público indica que el empresario solo “transportó” armas de fuego en un camión particular, sin comunicar del hecho a la Dimabel.

Dimabel “blanqueó”

Un informe de la Dimabel posibilita una pena reducida a los implicados.

“Ciertamente el señor Atilio Gómez había transportado armas de fuego en su camioneta particular hasta su departamento, donde el citado reside. Él había trasladado las armas de fuego y sus accesorios sin comunicar o tener el permiso de la autoridad competente, que es la Dimabel, y las armas de fuego encontradas en la camioneta están registradas por la Dimabel, por lo que no puede encuadrarse la conducta del imputado en el inciso ‘b’ (Art. 94 de la Ley de Armas N° 4036/10)...”, indicó Quiñónez.

Asimismo, dijo que solo la Dimabel puede identificar cuáles armas son de uso civil y los de uso exclusivo de los órganos de defensa y seguridad del Estado.

“De los mismos informes remitidos por la Dimabel a petición de la Fiscalía, se puede referir que todas las armas de fuego están debidamente registradas, inclusive remitieron los antecedentes de los registros pertinentes”, dice la fiscalía.

Con relación a la esposa de Gómez, Rosa Isabel Brizuela, refiere que solo 5 de las 42 armas que fueron incautadas de su poder no estaban registradas.

A pesar de ello, se peticiona la salida procesal más leve, que es criterio de oportunidad.

El Ministerio Público reconoce que la mujer transportaba las armas en la vía pública sin los papeles correspondientes y que no pudo justificar con ningún documento de origen la titularidad de las armas de fuego. El matrimonio aceptó donar proyectiles a la Fuerza de Tarea Conjunta (FTC), como una reparación del daño.

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