Fiscala solicita nulidad del fallo que dejó impune a Escobar Cattebeke

La fiscala de ejecución de sentencia Celia Beckelmann apeló ayer la resolución por la cual la jueza Leticia Frachi decretó la prescripción de la sanción penal y la extinción de la acción en la causa del exgobernador de Presidente Hayes Eugenio Escobar Cattebeke.

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Escobar Cattebeke, exgobernador colorado de Presidente Hayes, fue condenado a 2 años y 6 meses de prisión por lesión de confianza y producción de documentos no auténticos.

En juicio, pericias a las pericias documentológicas, caligráficas y contables revelaron que durante la administración de Escobar fraguaron documentos para justificar gastos por millonario valor, en el año 1999.

La fiscala Artemisa Marchuk sostuvo que fueron desviados G. 2.600 millones de rubros destinados a la realización de obras viales y al programa vaso de leche. Sin embargo, el Tribunal de Sentencia presidido por Mesalina Fernández declaró probado un perjuicio de G. 1.400 millones.

La sentencia dictada en primera instancia fue ratificada por la Corte Suprema de Justicia y para dar cumplimiento a dicho fallo, la jueza Lourdes Scura decretó la prisión de Escobar el 29 de diciembre del 2009.

El político se presentó en la prisión al día siguiente y permaneció recluido hasta el 26 de enero del año siguiente, fecha en que abandonó la cárcel por decisión del Tribunal de feria, que revocó la resolución de Scura.

A pedido del abogado Guillermo Duarte Cacavelos, la jueza Frachi puso un punto final en la causa, tras argumentar que el fallo no estaba firme al 31 de diciembre del 2009, fecha en que operó la prescripción (por el doble del plazo, que es de 10 años).

La agente fiscal destaca que el código de fondo no prevé la prescripción de la sanción penal, solo hace referencia a la prescripción del hecho punible y que tampoco se han cumplido los diez años para que se pueda dar la prescripción del hecho punible.

“Esta fiscalía analizando las documentaciones obrantes en el expediente judicial mencionado sostiene que los fundamentos esgrimidos por la A-quo con relación al incidente de prescripción de la sanción penal y la extinción de la acción penal, no se encuentran ajustados a derecho teniendo en cuenta que la prescripción se agota con el dictado de una sentencia definitiva, firme o no y por lo tanto de la viabilidad del doble plazo establecido en el artículo 104 numeral 2 está condicionado a que no se haya dictado sentencia definitiva en la causa”, sostiene Beckelmann.

En consecuencia, la fiscala pide la nulidad de la resolución de Frachi.

Condena y extinción

Óscar Gaona Brítez y Cecilia Estigarribia Apestegui, exsecretario y exadministrador de la Gobernación de Presidente Hayes, también fueron procesados por la millonaria “tragada” en la gobernación.

El primero fue condenado a cuatro años de cárcel por producción de documentos no auténticos, mientras que el segundo ni siquiera afrontó juicio oral a pesar de haber sido acusado, pues la causa con relación a su persona se extinguió antes de que pudiera llegar a dicha instancia.

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