Ignoraron suspensión de cómputo del plazo

Al fundamentar su voto en disidencia, el Dr. Lucio Portillo aclara que no se cumplió el plazo de prescripción en la causa abierta al exgobernador Eugenio Escobar Cattebeke, debido a que el cómputo del plazo empezaba a operarse desde que quedó firme y ejecutoriada la resolución del Tribunal de Cuentas, que rechazó la rendición de cuentas, el 18 de marzo del 2003.

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El camarista explica que ello es así debido a que el estudio del Tribunal de Cuentas es una circunstancia insuperable para la persecución penal, lo cual constituye una de las causales previstas para la suspensión del plazo de prescripción. Posteriormente, el plazo quedó nuevamente suspendido el 1 de julio del 2003, en virtud del fuero de senador de Escobar, en atención a que la Cámara de Senadores rechazó su desafuero, lo cual hizo que el cómputo quedara suspendido hasta agosto del 2008.

“Desde las perspectivas señaladas, surge con claridad mediana que a la fecha de quedar firme el A y S Nº 892 del 21 de diciembre de 2009 de la SCJ, que confirma la condena (...) había transcurrido en total solo 1 año y 10 meses”, sostuvo Portillo.

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