Otro Traje a medida para la “rosca vial”

El proyecto original para solucionar el ensanche de la Av. Primer Presidente y conectar esta vía con la Av. Costanera, consistía en un túnel de 436,20 m en la intersección de la Av. Primer Presidente hasta la calle Carlos Fiebrig, un “paso a nivel” de 1.130 m frente al Jardín Botánico y Zoológico de Asunción (JBZA), y una posible estructura a desnivel de 460 m en la Av. Primer Presidente. Esta solución no afectaba al JBZA, y su costo ascendía a US$ 2 millones, con el aporte financiero del 85% del total de la obra del Tramo III -Costanera Norte. Pero luego en el formulismo de la “audiencia pública”, los “técnicos” del Ministerio adujeron que debido a la presencia de aguas subterráneas y las aductoras de la Essap en la zona de construcción del túnel, habrían optado por la construcción de dos viaductos: uno de 460 m en el cruce de Primer Presidente y la autopista Ñu Guazú, y otro de 1.350 m que en total suma 1.810 m que invadirá una franja de 1,68 Has del JBZA, y no aclararon que el costo “inicial” treparía a U$S 13,78 millones, el 22 % del contrato, y no solucionaría 3 cruces viales de los 5 cruces conflictivos en la zona que son: Av. Primer Presidente y Av. Santísimo Sacramento. Av. Primer Presidente y Av. Artigas y Av. Primer Presidente y Carlos Fiebrig.

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Para los profesionales de la ingeniería las “razones” del cambio de proyecto, aparte de rebuscados son inaceptables, sencillamente teniendo en cuenta, que en el mundo se construyen túneles carreteros y/o ferroviarios subfluviales y marítimos, y hace mas de un siglo se construyen líneas de subterráneos y sub estaciones (metro), en ciudades con gran concentración de rascacielos, y por ende de aductoras de servicio en el subsuelo,

Sin embargo, pese a la falta de lógica, todo apunta a que la junta Municipal de Asunción (JMA) habría aceptado los “argumentos” del MOPC para cambiar el proyecto favor de la construcción del megaviaducto, no abrían cotejado si las aductoras en la practica, realmente representa un inconveniente para construir túneles y sin importar las abismales ventajas comparativas, paradójicamente dieron luz verde al cercenamiento del Botánico, lo que en cierto modo demostraría, que hasta las incapacidades serían contagiosa.

Además resulta llamativo que la JMA, en lugar de hacer el “caldo gordo”, como comúnmente se dice, a la contratista , no haya recomendado al Ministerio atenerse al proyecto original [túnel de 436,20 m], mas sumado la tendencia actual, según los Urbanistas, que como los viaductos crea cuellos de botella, es una solución anacrónica, por lo que en muchas ciudades del mundo los están desechando a favor del mejoramiento del transporte público. Poco habría importado a JMA, que por Ley N° 5.783/18 el JBZA fue declarado a perpetuidad como área protegida, cumple la función de amortiguamiento contra la contaminación, y no existe compensación del punto de vista ambiental. La Ley Nº 1231/1986, que aprueba y ratifica la “Convención para la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural de la UNESCO del año 1972”.

La Constitución Nacional de 1992, que en el Art. 7 se ocupa del derecho a un ambiente saludable en estos términos: “Toda persona tiene derecho a habitar en un ambiente saludable y ecológicamente equilibrado”. La condición de bien patrimonial del JBZA dado por la Ordenanza Municipal N° 28/1996, de “Protección del Patrimonio Urbanístico, Arquitectónico, Histórico y Artístico de la ciudad de Asunción” y que se halla incluido en el Catálogo de Edificios y Sitios del Patrimonio Urbanístico, Arquitectónico, Histórico y Artístico de la ciudad de Asunción, regulado por la normativa de la Junta Municipal N° 35/1996. El Plan Maestro de Manejo del JBZA, aprobado por Ordenanza Municipal N° 81/1998, cuyo objetivo consiste en orientar las acciones municipales hacia formas más sustentables con el medio ambiente, en coherencia con las normas ambientales e internacionales.

Igualmente, la JMA habría desconocido que el 4 de marzo del año en curso, el ministro de Relaciones Exteriores, Luis Alberto Castiglioni, firmó en Costa Rica, en nombre del país, el acuerdo de Escazú, un un tratado internacional suscrito por 16 países de América Latina y el Caribe, respecto a protocolos para la protección del medio ambiente, por lo que resulta alarmante que hayan obviado, que el JBZA es un patrimonio colectivo, y cualquier menoscabo que atente contra su preservación, debe ser entendido como un menoscabo al patrimonio colectivo de la sociedad.

ccaceres@abc.com.py

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