González Daher acciona y pide a la Corte que lo reponga en Jurado

El senador colorado Óscar Alberto González Daher presentó ayer una acción de inconstitucionalidad para intentar rever su remoción como parlamentario designado ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM). Pide como medida de urgencia la suspensión de efectos de la resolución de la Cámara Alta que lo destituyó del órgano juzgador y nombró a Enrique Bacchetta.

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González Daher sostiene en la acción promovida en la víspera que el Art. 3 de la Ley 3759/09, que Regula el Funcionamiento del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, que “los miembros del Jurado durarán en sus funciones hasta tanto cumplan el periodo para que el hubieran sido electos o designados (2013-2018)”.

Es decir, según el recurrente, su representación ante el Jurado debe concluir con su mandato de 5 años como legislador.

González Daher también advierte que el Art. 4 de la Ley 3759 ordena que “cuando se tratare de los senadores y diputados que integran dicho cuerpo (JEM), estos quedan sujetos al procedimiento previsto en los artículos 190 y 191 de la Carta Magna”.

El mencionado artículo al que se refiere el legislador menciona que “por mayoría absoluta podrá removerlo (al parlamentario) por incapacidad física o mental, declarada por la Corte”.

González Daher alega que la mencionada incapacidad física o mental no ha sido demostrada durante la sesión del 30 de abril pasado, cuando fue removido como miembro del Jurado.

González Daher argumenta que la remoción de un senador del Jurado de Enjuiciamiento, según el Art. 4° de la Ley 3759, que deriva al Art. 190 de la Carta Magna, prevé que se debe realizar por mayoría absoluta siempre y cuando exista incapacidad física o mental, declara por la Corte.

Como medida de urgencia pide la suspensión de efectos de la Resolución N° 706 del 30 de abril de 2015, para que la misma no le sea aplicable al senador González Daher.

La acción de inconstitucionalidad fue planteada bajo patrocinio de los abogados Marcelino Gauto Bejarano (exmiembro del JEM), Rodrigo Estigarribia y Eduardo Rodríguez Alcalá.

La Sala Constitucional está integrada por los ministros Antonio Fretes y Gladys Bareiro de Módica. Esta última se apartaría de la causa, atendiendo que integra el Jurado por la Corte. Además, falta otro miembro, tras la renuncia de Víctor Núñez.

De acuerdo a fuentes, el Ejecutivo estaría muy interesado en que la Corte le otorgue la medida de urgencia para que González Daher vuelva al Jurado. Por otro lado, en el poder se cree que una vez más se judicializa la cuestión política, que tienen que “arreglar” los actores.

Bacchetta recusa

El senador colorado Enrique Bacchetta presentó la recusación de los ministros Antonio Fretes y Gladys Bareiro de Módica. Argumentó que ambos altos magistrados son “amigos” del senador Óscar González Daher. La presentación fue poco después de la acción de inconstitucionalidad planteada por González Daher. “Voy a defender a muerte”, señaló, y manifestó que su colega intentará por todos los medios volver al JEM.

En caso Diputados, fiscalía pidió rechazo

Un antecedente cercano de una acción de inconstitucionalidad contra una resolución del Parlamento Nacional es la acción presentada por el exdiputado José López Chávez contra una resolución de Diputados que le removió como representante ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.

La acción fue planteada el 18 de junio de 2010, bajo patrocinio del abogado Aarón Ruiz Díaz. Sin embargo, la Sala Constitucional archivó la inconstitucionalidad al declarar su caducidad.

En aquella ocasión, la fiscala adjunta Soledad Machuca, quien aconsejó el rechazo de la acción, sostuvo que “la figura del juicio político como procedimiento o vía para remover a representantes de ambas cámaras del Congreso Nacional no está contemplada en nuestro ordenamiento positivo para los miembros representantes ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, de lo que se infiere que la resolución adoptada por la Cámara de Diputados se ajusta a derecho”.

López Chávez utilizó el argumento de que no existe la figura de la revocatoria de mandato para el caso de la remoción como representante de Diputados ante el Jurado y que la vía para la destitución era el juicio político.

Otro antecedente similar fue la remoción del diputado Gustavo Mussi ante el Jurado de Enjuiciamiento, pero su acción tampoco fue estudiada por la Corte Suprema porque los legisladores optaron finalmente por mantenerlo en funciones ante el órgano juzgador hasta finalizar su mandato como legislador.

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