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El presidente de la República, Horacio Cartes, estableció por Decreto Nº 1264, del 24 de febrero del 2014, que el horario se debe adelantar el primer domingo del mes de octubre, correspondiente a fin de aprovechar los cambios de la luz solar, propios de la estación veraniega. El mismo documento establece que el cuarto domingo de marzo dicho horario se retrase 60 minutos, a fin de adecuarse al tiempo en que el sol ilumina el país durante el invierno.
La Administración Nacional de Electricidad (ANDE) sugirió que es conveniente minimizar la superposición del horario pico del consumo residencial de energía eléctrica con la del consumo comercial, porque ello incrementa los requerimientos adicionales de las líneas de transmisión y de distribución.
El estudio señala que es importante que el consumo de energía a nivel comercial finalice al mismo tiempo que la luz solar, para evitar que la demanda de este sector coincida con el aumento del consumo de energía en los hogares, que ocurre al final del día, cuando las personas terminan su jornada.