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El diputado Ever Ovelar (ANR) explicó que el artículo 2º de la ley establece que las sanciones que decidan los Tribunales de Conducta de los Colegios Profesionales solamente podrán ser recurribles ante la Corte Suprema de Justicia. Apuntó que esto es inadmisible ya que se crea una casta especial con un gran poder y casi sin controles.
Por su parte, el legislador de Cámara Baja, Óscar Tuma (ANR), advirtió que si el Poder Ejecutivo promulga la ley daría lugar en el futuro a la presentación de una avalancha de pedidos de inconstitucionalidad de parte de profesionales afectados.