Seguro obligatorio costará G. 180.000 para motos y G. 300.000 para autos

De promulgarse la ley del seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT), los motociclistas deberán abonar G. 180.000 anuales, mientras que los automovilistas y camioneros, entre G. 300.000 y G. 400.000 anuales, de acuerdo con las tarifas preliminares que dio a conocer ayer la Superintendencia de Seguros (SIS).

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La ley estipula que la Superintendencia de Seguros (SIS) será la encargada de establecer los precios, de acuerdo con sus cálculos; mientras que los fondos del SOAT serán administrados por un coaseguro único, de manera a evitar el conflicto entre las aseguradoras.

El proyecto de ley del SOAT fue sancionado por la Cámara de Diputados este miércoles y ahora se espera la promulgación del Poder Ejecutivo para su vigencia.

Paraguay es el último país en la región en adoptarlo, según explicó ayer, en conferencia de prensa, el superintendente de Seguros, Diego Martínez.

El SOAT significará un importante ingreso para las aseguradoras del país. Se estima que el parque automotor entre automóviles y vehículos de gran porte que están registrados llega a 1.000.000 ó 1.200.000, mientras que las motos registradas son 600.000.

Así, el SOAT tendrá un ingreso de aproximadamente US$ 75 millones anuales, que serán destinados a fines de auxilios a las víctimas de accidentes.

Al Estado le cuesta anualmente unos US$ 32 millones la atención de lesionados en accidentes de tránsito. Esto sin considerar los casos con derivación fatal que enluta a diario a muchas familias paraguayas.

Según explicó Martínez, los usuarios que deseen gestionar el SOAT recurrirán a las empresas aseguradoras.

Para ello, están habilitadas para proveer el servicio 33 empresas aseguradoras en todo el país. A la vez, se están gestionando servicios adicionales para facilitar contactos con las aseguradoras, mediante las compañías telefónicas y entidades financieras, que servirían de nexo para solicitar el servicio.

Cobertura

El objetivo del SOAT es atender rápidamente a las personas que sufren lesiones en un accidente de tránsito, ya sea en un centro médico privado o público. La cobertura incluye al accidentado, al conductor del vehículo –si este sufre lesiones– y también a los peatones. Lo que se cubre son los primeros auxilios, no los daños materiales del vehículo.

Diego Martínez mencionó que la ley establece el reembolso de los gastos o indemnización tanto para hospitales del sector público como privado.

En el caso de indemnizaciones por fallecimientos, la normativa dispone de un resarcimiento de hasta 500 jornales (G. 32 millones). También prevé el pago por gastos hospitalarios de personas accidentadas por valor de 300 jornales (G. 20 millones).

No a alcoholizados

El SOAT no cubrirá al motociclista y/o automovilista que se accidente en estado de ebriedad. La ley establece brindar los primeros auxilios a los afectados en el percance, pero a costas del infractor. Lo mismo ocurre en el caso de que el accidente lo haya protagonizado un menor de edad.

La ley establece además que los vehículos que no tienen seguro serán retenidos, y se aplicará una multa de 20 jornales mínimos. o sea de G. 1.275.560.

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