Tobillera electrónica, por ahora solo en los papeles

La Ley N° 5.863, que establece la implementación de los dispositivos electrónicos de control, entra en vigencia en setiembre próximo y su principal objetivo es reducir el hacimiento carcelario. Sin embargo, ninguna de las instituciones involucradas en su funcionamiento tienen información respecto a su financiamiento ni otros detalles que hacen a su ejecución.

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El juez penal de Garantías Paublino Escobar, quien integró la mesa de trabajo interinstitucional para discutir la introducción del Sistema de Monitoreo por Dispositivos Electrónicos de Control en nuestro sistema penal, explicó que su implementación representa un progreso de la justicia penal, en lo que respecta a la humanización del sistema penal.

Indicó que con la vigencia de referido dispositivo, se pretende acompañar la tendencia mundial de esperar la sentencia en libertad, de conformidad a principios establecidos en las Reglas de Tokio, en el Pacto de San José de Costa Rica y en la Declaración de os Derechos Humanos.

“Con esta ley se establece avances importantes a los dispone la Constitución Nacional, la anhelada reinserción social, puesto que con la implantación legislativa se podrá dar una mejor posibilidad de reinserción, disminución carcelaria, menor costo al Estado y una forma alternativa del no encarcelamiento”, indicó, tras destacar que las personas imputadas, acusadas, condenadas, por crímenes y aquellas personas reingresadas al sistema penal por orden judicial, no podrán ser beneficiados por este mecanismo de control.

“Su implementación traería ventajas tanto al imputado y al propio estado, de forma de descongestionar el sistema penitenciario, pero mientras no exista la reglamentación prevista tanto por la Corte Suprema de Justicia y del Poder Ejecutivo, no podrá ser implementada y sobre todo va depender del que el Ministerio de Hacienda de proveer el presupuesto requerido para su implementación”, acotó el magistrado.

La Ley N° 5.863, en su artículo 7 establece que la reglamentación e implementación de este mecanismo de control corresponderá a la Corte Suprema de Justicia y la reglamentación administrativa de las actuaciones correspondiente al Ministerio del Interior y del Ministerio de Justicia en el ámbito de aplicación de la presente ley, serán reglamentadas por el Poder Ejecutivo (Art.11).

La creación de una Oficina de Control Institucional, que tendrá a su cargo la coordinación para el cumplimiento efectivo de las disposiciones de la presente ley, la misma estará integrada por representante de la Corte Suprema de Justicia, Ministerio del Interior, Ministerio Público, y el Ministerio de Justicia, es otra de las disposiciones previstas en dicha ley.

Asimismo, la legislación refiere en su artículo 10 que el Ministerio de Hacienda deberá proveer los presupuestos necesarios para su implementación, pero no especifica cuál institución proveerá los fondos correspondientes. Ahí está precisamente el primer problema, porque ni el Poder Judicial, ni los Ministerios de Justicia e Interior se quieren hacer cargo del costo de dicho dispositivo, con la excusa de falta de rubros.

A la fecha, no se ha elaborado aún la reglamentación correspondiente y tampoco existe la Oficina de Control Institucional.

No se ha determinado si serán pulseras o tobilleras y tampoco se especifica si será el Estado el que cargará completamente con los costos o si cada procesado que pretenda beneficiarse con el sistema deberá abonar por el mismo, como se da en algunos países. 

Por ahora no podemos hablar de costos y no se sabe aún a cuántos internos puede llegar a beneficiar. El monitorneo de los reclusos es otro punto que permanece en la nebulosa y así como están las cosas, es poco probable que se pueda poner en práctica en setiembre.

Hacinamiento derivó en cierre de principales cárceles

La acuciante situación de hacinamiento en las principales cárceles del país han impulsado a las autoridades a disponer el cierre temporal de algunos reclusorios, excesivamente rebasados en su capacidad. Esta situación se agravó tras el endurecimiento de la legislación respecto al tráfico de drogas y de la violencia doméstica, que no permiten la concesión de medidas alternativas o sustitutivas a la prisión.

La primera medida en este sentido fue dictada en el año 2014, cuando la Penitenciaría Nacional de Tacumbú cerró sus puertas para el ingreso de nuevos internos. En aquel entonces tenía más de 3.000 internos, el triple de su capacidad.

En enero pasado, se adoptó igual medida con relación a la penitenciaría regional de Emboscada Padre Juan Antonio de la Vega.

El uso excesivo de la prisión preventiva es motivo de preocupación e incluso de llamados de atención a las autoridades por parte del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura en más de una ocasión. Sin embargo, mientras en Europa crece la tendencia de cierra de cárceles, en nuestro país estas van en aumento.

En enero del 2016, el Ministerio de Justicia presentó al Equipo Económico Nacional (EEN), encabezado por el Ministerio de Hacienda, un nuevo proyecto que ya contemplaba la construcción de seis nuevas y modernas prisiones para 1.000 a 1.200 reos cada una, cuatro en Emboscada y otras en Minga Guazú y Coronel Oviedo, obras pendientes a la fecha.

No está previsto

Mario Elizeche, titular de la Dirección de Auditoría de Gestión Jurisdiccional, explicó que el presupuesto del Poder Judicial del corriente año no prevé erogación alguna en concepto de tobillera o pulsera electrónica.

Elizeche explicó que el sistema básicamente consiste en la instalación de un dispositivo que será monitoreado las 24 horas y en caso de infracción a las reglas establecidas, se da inmediato aviso a la Policía Nacional para la intervención correspondiente.

“Realmente no tengo idea del costo operativo de cada aparato, pero supongo que es similar al GPS que las empresas utilizan para hacer seguimiento a sus vehículos”, indicó, tras comentar que en muchos países se terceriza el servicio. 

Elizeche recordó que en su momento, se discutió mucho si el beneficiario de la pulsera o tobillera electrónica debería cargar con el costo de su utilización, pero esta postura fue cuestionada por el temor de que sea un motivo de discriminación y finalmente beneficie únicamente a los internos con recursos económicos.

“Ojalá que sea una solución para descongestionar las cárceles y sea efectivo”, acotó Elizeche.

Sugiere plan piloto

La viceministra de Política Criminal del Ministerio de Justicia, Cecilia Pérez, se mostró partidaria de dar inicio a la implementación del sistema de monitoreo por dispositivos electrónicos (SIMDEC), en el marco de un plan piloto en un sólo juzgado, antes de su aplicación a nivel país.

Para el efecto, a su criterio, se debería hacer un relevamiento del juzgado de paz que tenga más casos de violencia doméstica.

“Lo que acá se puede hacer es tomar un juzgado de paz y hacer un plan piloto con un plazo de duración y ver cómo funciona. Así podés hacer un reporte y ver cómo se va a implementar. Hay que hacer un relevamiento del juzgado que tiene más casos de violencia doméstica y poner en práctica en los casos de exclusión familiar”, indicó.

La etapa experimental del programa servirá para detectar las eventuales falencias para su posterior corrección, de manera a que pueda funcionar de manera realmente efectiva.

La viceministra destacó que corresponde a la Corte establecer la reglamentación y convocar a las reuniones de trabajo para ajustar los detalles de la puesta en práctica de la ley.

Pérez resaltó que la Policía Nacional tiene un protocolo a seguir en casos de violencia doméstica, el cual será de gran utilidad al momento de organizar la modalidad de control del cumplimiento del SIMDEC.

rferre@abc.com.py

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