Ley de compensación

La Ley especial 4597, “De compensación por la desaparición de los Saltos del Guairá”, indica que el Estado paraguayo resarcirá al municipio de Salto del Guairá del departamento de Canindeyú por la desaparición de las cataratas de los Saltos del Guairá, que dieron paso a la construcción de la represa Hidroeléctrica de Itaipú.

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La normativa, que beneficia a Salto con 10 millones de dólares (unos G. 45.000 millones al cambio actual del dólar) al año, fenece en abril de 2015 y su continuidad depende de que el Congreso Nacional apruebe la ampliación. Caso contrario, el distrito queda sin esos recursos, lo que provocaría un retroceso en su desarrollo.

El Ministerio de Hacienda transfiere por un periodo de tres años al municipio de Salto del Guairá en cuotas trimestrales equivalentes al 3% sobre el monto total de los recursos por los ingresos de la cesión de energía de la hidroeléctrica Itaipú. Establece que el monto debe ser utilizado exclusivamente para obras de infraestructura de turismo, urbanísticas, viales, alcantarillados, mantenimiento de calles, salud y educación.

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