¡2023 a la vista!, grito de alerta que aún no se atiende en Itaipú

La regularidad de los pagos de royalties y compensaciones de Itaipú, así como la consolidación del papel de “superministerio de la entidad binacional” en nuestro país, son las aristas positivas de su gestión durante gobierno saliente.

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Bajo la administración de Horaco Cartes, como en el pasado stronista, los representantes paraguayos en la alta administración de la entidad se distanciaron de los reclamos nacionales al Brasil, que habían sido expuestos, al menos parcialmente, por gobiernos anteriores, acentuando las características de “tercer Estado” de Itaipú, en rigor de apéndice del Ejecutivo brasileño.

En el desempeño de su papel de “superministerio”, la construcción del barrio San Francisco en Asunción, con una inversión que ronda los US$ 50 millones, se constituyó en el paradigma del Itaipú que ciertos estratos de nuestra sociedad, y gobiernos, naturalmente, pretenden proyectar sobre la conciencia del ciudadano.

Los “gastos o inversiones sociales” de Itaipú en “la margen derecha del río Paraná” ocupan la mayor parte de los espacios informativos e inclusive publicitarios pagados por la entidad, y casi nada sobre los reclamos, por ejemplo, de un “justo precio”, por la energía paraguaya de la que desde 1985, año que en la gran central entregó sus primeros MWh, se aprovecha el mercado eléctrico brasileño.

¡2023 a la vista!

El 13 de agosto de 2023 vence el plazo de 50 años que establece el numeral VI del Anexo C –bases financieras y de prestación de los servicios de electricidad de la entidad binacional– para la revisión de sus disposiciones.

En otras palabras, en escasos cinco años, o tal vez menos, según manifestaciones de voceros brasileños y paraguayos de Itaipú, las Altas Partes Contratantes (gobiernos) se sentarán en torno a una mesa para negociar la modificación del relevante Anexo C.

La lista de reclamos del Paraguay deberá incluir, en forma prioritaria, la plena disponibilidad de la energía que le pertenece en Itaipú (50% de su producción) obsequiada desde 1985 al Brasil y el justo precio. Las obras sociales, e inclusive la transformación de la economía paraguaya, vendrán por añadidura.

* “Las disposiciones del presente Anexo serán revisadas después de transcurrido un plazo de cincuenta años a partir de la entrada en vigor del Tratado, teniendo en cuenta, ..., el grado de amortización de la deuda y... (Anexo C del Tratado de Itaipú. VI - Revisión)  

* “La energía producida por el aprovechamiento ... a que se refiere el Artículo I será dividida en partes iguales entre los dos países, siendo reconocido a cada uno de ellos el derecho de adquisición ... de la energía que no sea utilizada por el otro...” (Art. XIII).

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