Ganador vs. ganador

¿Se puede resolver un conflicto entre dos partes en forma pacífica, a corto plazo y bajo costo? La mediación es una figura alterna muy útil en todos los estamentos para resolución de conflictos sin recurrir a la justicia.

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La mediación, como una forma extrajudicial de resolución de conflictos, se conoció en nuestro país a mediados de los 90. Esta figura nació en la década del 70 en los EE. UU. como respuesta a los conflictos en las instituciones educativas. La mediación es una técnica, gracias a la cual un tercero, neutral, denominado mediador, invita a las partes en conflicto a una reunión o mesa de diálogo para resolver diferencias, en forma pacífica, no litigiosa, como en los casos tradicionales en que se recurre a la justicia.

La ventaja de la mediación, precisamente, es que puede tratar cualquier tipo de conflicto sin ingresar al sistema judicial. “Hay otras figuras, como la negociación, el arbitraje, los amigables componedores, pero esta es la mejor opción, porque es la única que arroja un resultado ganador versus ganador; es decir, las dos partes salen ganadoras”, explica Gladys Cardozo, una de las fundadoras del Instituto Paraguayo de Mediación (Ipame).

Recurrir a esta técnica es muy útil en casos, por ejemplo, de divorcio, conflictos patrimoniales, vecinales o acoso escolar. La posibilidad de que se resuelva el conflicto es de un 80 %. “Pero ese 20 %, generalmente, no es un fracaso, sino que se debe a la negativa de la otra parte de participar de la mediación”, expone.

El mediador no tiene poder sobre los mediados. Es, simplemente, un catalizador, un apuntalador, que los va encaminando luego de identificar en la mesa de diálogo los intereses de las partes involucradas. “Son estas las que hacen su propio arreglo. El mediador no puede sugerir ni opinar. Solo apuntala, en una mesa de mediación, la comunicación en una relación que se había roto antes”. La mediación tiene un carácter formal, pero es de estructura informal. El acuerdo que firman los mediados tiene carácter legal porque se protocoliza con un escribano. La ley 1879, de arbitraje y mediación, promulgada en abril de 2002, le da el respaldo legal a esta figura. “Si asisten ambas partes en conflicto, ya se tiene resuelto el 50 % del caso. Y cuando el mediador logra identificar los intereses de uno y otro es mucho más fácil”.

Actualmente, esta figura es más conocida, por lo cual es utilizada no solamente en mediaciones privadas en consultorio, sino también en las empresas. “Incluso en los entes del Gobierno están empezando a darse cuenta de que contar con mediadores o una unidad de mediación es el secreto para evitar conflictos internos, o con otras personas o instituciones”, destaca.

Cardozo asegura que es importante que los entes del Gobierno o las empresas privadas capaciten a sus funcionarios en mediación para reducir los conflictos. “El departamento de Recursos Humanos es el más beneficiado, en el sentido de que los niveles de conflicto se pueden prevenir, porque cuando hablamos de mediación, hablamos de prevención, gestión y resolución de conflictos”.

La mediadora enfatiza que en todos los casos, cuando surge un conflicto, si se tiene una oficina de mediación, su resolución es mucho más fácil, menos estresante y más rápida, porque tanto en nuestro país como en cualquier otro, los plazos judiciales son prolongados. “No existe un mal acuerdo, porque las partes deciden realizar el resultado de la mediación”.

Cuando una persona necesita una resolución de conflictos y no quiere acudir a la instancia judicial puede acercarse a un mediador privado. Si carece de medios económicos, puede acudir al Ipame o al Centro de Mediación de la Universidad Católica para gente de escasos recursos. “La ansiada paz social que tanto se anhela depende mucho del nivel de comunicación de las personas”, enfatiza.

La mediación

• Es voluntaria. Las dos partes tienen que querer participar.

• Cuenta con respaldo legal. Se rige por la ley 1879 y se protocoliza con un escribano.

• Es accesible. Cualquiera puede acceder a una mediación a partir de los 18 años.

• Tiene un carácter formal, pero es de estructura informal.

• Económico. Comparado a un conflicto judicial no es caro.

Características

El mediador debe:

• Ser neutral.

• Ser imparcial.

• Ser empático.

• Inspirar respeto y confianza.

mpalacios@abc.com.py

Fotos ABC Color/Arcenio Acuña.

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