Con “ayuda” de la Corte se atornillan a sus sillas

Con el argumento de buscar también la independencia de la Justicia Electoral, la Sala Constitucional de la Corte hizo lugar al pedido de inamovilidad solicitado por los ministros Jaime José Bestard Duschek y María Elena Wapenka Galeano, quienes con está resolución permanecerán en el cargo hasta cumplir los 75 años.

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Por unanimidad, los ministros Gladys Bareiro de Módica, Miryam Peña Candia y Antonio Fretes accedieron a lo solicitado por Jaime Bertard, quien luego de ocupar cinco años el cargo de ministro del TSJE es declarado inamovible, bajo la consigna de que, al igual que el Poder Judicial, con este fallo, el Tribunal Superior de Justicia Electoral logra su independencia total del sector político.

Peña manifiesta que, “al compartir el criterio que viene sosteniendo esta Corte, acerca del régimen especial de inamovilidad previsto para los Ministros de la Corte Suprema de Justicia en el Art. 261 de la Constitución Nacional, por aparecer diferenciados nominativa y normativamente, de los argumentos en nuestra Carta Magna, es dable afirmar que gozan de inamovilidad en el cargo ya desde el momento de su nombramiento”. Por su parte Bareiro de Módica indica que ya en el 2009 la Corte había declarado la inaplicabilidad del articulo 19 de la Ley N° 609/95 , por el cual se declaró inamovible a Juan Manuel Morales en el TSJE. Antonio Fretes culmina diciendo que “es algo incuestionable, en el terreno de la doctrina y en el de los hechos, que la independencia de los jueces –primera condición reclamada para el buen desempeño de sus funciones y esencial en el sistema de división de los poderes– se obtiene con mayor seguridad con la inamovilidad –mientras los méritos se encuentren vigentes– que con su periódica renovación”. 

Por su parte María Elena Wapenka recurrió ante la Corte, por medio de una certeza constitucional en la cual hubo voto dividido. Myriam Peña y José Raúl Torres Kirmser votaron por otorgarle a través de una certeza constitucional, su inamovilidad. Mientras que Gladys Bareiro de Módica voto en disidencia: “de las lecturas de las normas constitucionales transcriptas no surge que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, tenga como deber y atribución entender las consultas o solicitudes de interpretación jurídica, pues su competencia está limitada a conocer o resolver la inconstitucionalidad de actos normativos y de resoluciones judiciales contrarios a la Carta Magna. Tanto Wapenka como Bestard fueron indagados por el Ministerio Público por hechos ligados a corrupción. En el 2016, fueron investigados por la fiscalía por fraude con viáticos, hasta el momento no fueron imputados.

También este mismo año, María Elena Wapenka fue salpicada por la apertura de una investigación a dos de sus domésticas, quienes trabajan supuestamente en un juzgado de Encarnación.

perla.silguero@abc.com.py

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