Desestiman denuncia contra expresidente de Olimpia Marco Trovato

El juez penal de garantías Matías Garcete desestimó una denuncia presentada contra el expresidente del Club Olimpia Marco Trovatto por supuesta lesión de confianza. El magistrado concluyó que el supuesto hecho punible denunciado no existió y, en consecuencia, hizo lugar a la solicitud de desestimación planteada por el Ministerio Público.

Marco Trovato, el presidente del club Olimpia.
Marco Trovatto, expresidente del club Olimpia.Archivo, ABC Color

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La denuncia contra el expresidente del Club Olimpia Marcos Antonio Trovato Villalba por presunta lesión de confianza fue desestimada por el juez penal de garantías Matías Garcete, que interina el Juzgado Penal de Garantías N° 12, en atención a que el hecho que fue denunciado no constituye un hecho punible, según la consideración de las representantes del Ministerio Público, Nathalia Silva y Claudia Aguilera.

La causa N° 7.010/2022, caratulada como “Marco Antonio Trovato Villalba s/ lesión de confianza”, se inició luego de que la abogada María Silvia Díaz Heisecke, socia activa del Club Olimpia, bajo patrocinio de la abogada Bettina Legal, denunciara la existencia de un juicio preparatorio de acción ejecutiva que fue promovido por la firma “Pantisol SA” contra la institución deportiva para el cobro de US$ 350.000.

Según la denunciante, cuando el Olimpia se encontraba con un pasivo financiero extremadamente relevante, la empresa Pantisol SA -representante del jugador Diego Polenta- reclamó el pago de una deuda a través de una demanda en lo civil, la que se generó sin que la comisión directiva del club haya dado su autorización. En ese sentido, la denunciante señaló que Trovato obligó al Olimpia a pagar la suma de US$ 1.000.000 a Pantisol SA.

Las fiscalas señalaron en su pedido de desestimación que con el avance de las investigaciones por el Ministerio Público “no se pudo determinar los elementos objetivos y subjetivos de los tipos penales denunciados, a fin de formular responsablemente una imputación fiscal”. El 2 de noviembre pasado, el juzgado dio trámite de oposición al requerimiento, por lo que la fiscala adjunta Patricia Rivarola posteriormente se ratificó en el pedido.

Análisis y conclusión del juzgado

El juez Matías Garcete analizó el argumento del Ministerio Público y señaló “esta magistratura considera que se encuentran acompañados los presupuestos objetivos (taxativos) por la norma de referencia como fuente expresa, para considerar viable el instituto de la desestimación”.

En ese sentido hizo alusión a los elementos probatorios recogidos por las investigadoras y que, “a la fecha no existen suficientes elementos de convicción como para sostener o sustentar que existe una participación activa por parte de Marco Antonio Trovato Villalba en el hecho de lesión de confianza, por tanto resulta inverosimil adecuar la conducta de la mencionada persona, pues no se ha demostrado la existencia de un hecho”.

Añadió que, de las dos premisas en conjunción si se da la sintonía formal de acuerdo a una regla o esquema lógico, entonces, es innegable subrayar que la denuncia del cual derivó el presente requerimiento, no constituye un hecho punible pues no existe una adecuación objetiva respecto a los elementos objetivos del tipo”.

Consideró además en su análisis lógico, “esta magistratura entiende en razón al tipo penal determinado desde (lesión de confianza), es que no se dan los presupuestos de punibilidad sumado a lo que la norma de referencia establece para concretar, lo que resulta en hacer lugar a la desestimación ante el obstáculo legal que opera como última ratio”.

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