Municipalidad de Asunción convoca a “morosos” a aprovechar exoneración hasta el 30 de setiembre

La comuna capitalina decidió dar un periodo de gracia a los contribuyentes para que abonen sus deudas tributarias con la ventaja de una exoneración del 100 por ciento de multas, y sin la imposición de recargos moratorios. Otras de las medidas es que se extendió el plazo para regularizar cuentas por lotes de cementerios también sin multas ni recargos.

Fachada de la Municipalidad de Asunción.
Fachada de la Municipalidad de Asunción.

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El periodo de gracia incluyen impuestos, tasas, cánones y contribuciones especiales, por pago al contado, cuotas vencidas y a vencer, correspondientes a todos los planes de fraccionamientos, incluyendo el año vigente.

El fraccionamiento que se plantea puede ser con una entrega del 10% y el saldo en 8 cuotas, sin interés de financiación. Se determinó que aquellos contribuyentes que ya posean planes fraccionados, podrán acogerse a este beneficio una vez que se encuentren al día con su fraccionamiento anterior, menciona el reporte municipal.

Están incluidas las multas contravencionales por no presentación y presentación tardía de balances. También se incluye la exoneración de las multas contravencionales por presentación tardía de pedido de permiso para espectáculos públicos y multa por falta de permiso para la realización de espectáculos públicos, expresa el comunicado.

Lo que no figuran dentro de esta exoneración son la comisión por gestión de cobro judicial o extrajudicial, las multas de tránsito, multas contravencionales de impuesto a la construcción y otras infracciones a normas de carácter regulatorio.

Otra exoneración es para regularizar deudas por lotes en campos santos

Según informa el municipio hasta el 30 de setiembre se extendió el levantamiento provisorio del bloqueo de pago, que fue establecido por Resolución Nº 460 del año 2002 de la Intendencia, de los impuestos, tasas y cánones, para aquellos contribuyentes que se encuentran en mora en el pago de usufructo de lotes de cementerios, tasas de limpieza de los mismos y/o que se encuentran afectadas.

Esto es en base al articulo 104 de la Ordenanza Nº 43/94, que expresa: “…caducarán la concesión o arrendamiento de los sitios para sepulcros cuando el titular no haya abonado los impuestos, cánones o tasas municipales referidos al sitio en cuestión…”.

Si los contribuyentes adeudan por más de 5 años las tasas por limpieza o por más de un año por el canon de usufructo, tienen tiempo hasta fin de mes para beneficiarse con el levantamiento provisorio del bloqueo de pago y así ponerse al día.

El beneficio en este caso es que no tendrán que pagar de vuelta por el derecho de usufructo del lote, tal como está establecido en la Resolución Nº 460/02 I., cuyos efectos quedan suspendidos hasta fin del presente mes.

Están habilitadas varias bocas de cobranza distribuidas en ciudad capital

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