Cámara confirma condena de indígena exintegrante del EPP a 7 años de cárcel

La condena a 7 años de cárcel para el excombatiente del grupo terrorista Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP) Jonny Paredes Gauto, indígena de 22 años de edad, fue confirmada por la Cámara de Apelaciones. En el juicio oral que finalizó en octubre del año pasado, el nativo conocido con el alias de Derlis fue hallado culpable del asesinato de un estanciero brasileño, ocurrido en julio de 2019 en Amambay.

Esposado, el indígena Jonny Paredes Gauto toma agua, antes de ser trasladado a su lugar de reclusión. La Fiscalía lo imputó ayer y pide prisión para el mismo.
Jonny Paredes Gauto, indígena de 22 años condenado a 7 años de cárcel por asociación terrorista.Archivo, ABC Color

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La confirmación de la Sentencia Definitiva N° 460 de fecha 30 de octubre de 2023, que condenó a 7 años de cárcel por asociación terrorista a Jonny Paredes Gauto, excombatiente del autodenominado Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP), fue dictada por el Tribunal de Apelación Penal Especializado en Delitos Económicos, Crimen Organizado y Anticorrupción.

Por unanimidad, los camaristas Arnulfo Arias, Bibiana Benítez Faría y Digno Arnaldo Fleitas resolvieron rechazar el recuso de apelación planteado por el defensor público Abg. Carlos Arce Letelier, y confirmar el fallo dictado en primera instancia por el Tribunal de Sentencia integrado por las juezas Alba González, como presidenta; Dina Marchuk y Gloria Hermosa.

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En el juicio oral que finalizó el 23 de octubre de 2023 los fiscales de Antisecuestro Federico Delfino y Lorenzo Lezcano lograron demostrar la participación del excombatiente del grupo terrorista EPP en el crimen del estanciero brasileño Avelino Camargo (59), perpetrado el 8 de julio de 2019 en la estancia Ñandu’i, situada en la falda del Cerro Guasu de Amambay.

La condena a Paredes Gauto, por el hecho de asociación terrorista, fue la primera en base a la Ley Nº 4024 /10 “Que castiga los hechos punibles de terrorismo, asociación terrorista y financiamiento del terrorismo”, aplicada por un Tribunal Especializado.

Argumentos para confirmar pena a exmiembro del EPP

La defensa argumentó su apelación en una supuesta violación a las reglas de continuidad y suspensión, violación a las reglas procesales y falta de fundamentación, y nulidad por falta de fundamentación a la hora de la medición de la sanción de la medida privativa de libertad.

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Respecto al primer agravio, el Tribunal de Alzada consideró que no se advierte que las suspensiones hayan sobrepasado el tiempo establecido en el artículo 373 del Código Procesal Penal, para considerar como vicio del procedimiento que le reste validez al acto, o que tal circunstancia haya sido reclamada durante la sustanciación del mismo por alguna de las partes, habiendo, en consecuencia, estas consentido su continuidad.

En cuanto a la supuesta violación a las reglas procesales, los camaristas resaltan que fueron alegadas por el apelante, la omisión del informe socioambiental sobre la situación del encausado. Al respecto resalta que el documento se menciona en la página 229 de la S.D N° 460, cumpliendo con los presupuestos previstos en el inciso 1 del del artículo 435 del Código Procesal Penal, exigidos para el juzgamiento del condenado.

Finalmente, el Tribunal de Alzada señala que también se ha considerado la situación personal del condenado, como menor de edad al momento de comer el hecho (tenía 17 años), que ha tenido en cuenta para determinar la sanción aplicable conforme a la disposición contenida en el Artículo 207 del Código de la Niñez y Adolescencia.

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Indígena bautizado por el EPP como “Derlis”

Jonny Paredes Gauto fue reclutado por el grupo terrorista EPP en el año 2018, cuando aún era menor de edad. Los líderes de la banda armada se lo llevaron de la comunidad indígena Yvy Poñy, que queda en la zona de la colonia Ara Verá del departamento de San Pedro, en el límite con el departamento de Canindeyú.

El nativo guarda reclusión en la penitenciaría Padre Juan de la Vega de Emboscada. Es el segundo soldado del EPP capturado y condenado, por detrás de Noel Adalberto Ovelar Martínez, de 39 años de edad, quien está preso desde el 17 de febrero de 2011 y cumple en la Agrupación Especializada una sentencia de 35 años por el secuestro de Fidel Zavala.}

La condena a 7 años de cárcel a Jonny Paredes Gauto es por el crimen ocurrido en fecha 8 de julio de 2019, cuando el EPP asesinó y quemó al brasileño Avelino Camargo, de 59 años, administrador de la estancia Ñandu’i, en la colonia Arako’ê de Amambay.

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Fue la tercera participación del indígena como miembro del grupo criminal. Anteriormente había participado en el ataque a la estancia Estrellita, el 7 de diciembre de 2018, cuando quemaron tres avionetas fumigadoras, un tractor con pala cargadora, un camión y un carro mezclador de alimentos para el ganado del establecimiento. El golpe se produjo en el distrito de San Vicente Pancholo, San Pedro.

Solo 15 días después, el 22 de diciembre, Paredes Gauto reapareció con la banda armada a 11 kilómetros de distancia, en la estancia Santa Teresa, donde los criminales mataron al jefe de seguridad, Nery Germán Araújo Esteche, de 34 años de edad.

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