Según la investigación, la última agresión sexual habría ocurrido el 26 de julio de 2025, en horas de la mañana, y se sospecha que se repitieron en varias oportunidades desde inicios de julio de 2025 hasta la fecha de la denuncia. Tras los abusos, el imputado habría advertido a la víctima no contarle a su madre, amenazándola con que esta se enojaría con ella.
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Un médico forense del Ministerio Público constató los hechos de abusos sexuales al inspeccionar a la niña; aunque no encontró rastros de lesión o agresión física en el examen ginecológico ni rastros de desfloración, sí observó “región eritematosa y enrojecida” en sus partes íntimas, producida presumiblemente por fricción y/o manoseo.
Asimismo, una profesional psicóloga del Centro de Atención a Víctimas evaluó a la menor, ocasión en que esta relató los manoseos sufridos y la insistencia del imputado en que le enviara fotografías.
La conducta atribuida al imputado se encuadra en la figura penal de abuso sexual en niños, prevista en el Art. 135a. inc. 1 y 5, del Código Penal y su modificación por la Ley N° 7394/24, en concordancia con el Art. 29 inc. 1° del C.P., en calidad de autor del hecho.
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El Ministerio Público solicitó la prisión preventiva del imputado, de conformidad con los artículos 242 y 243 del Código Procesal Penal, argumentando la gravedad del hecho y el peligro de fuga u obstrucción a la investigación.