Evasión de aporte al IPS: sanciones a las que se exponen los empleadores

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social advierte sobre sanciones a empresas que descuentan el seguro social a sus empleadores, pero no ingresan el dinero al IPS.Archivo, ABC Color

La evasión de aporte al IPS es sancionable con multas o años de prisión, conforme se establece en la Ley N° 5.655/2016. Acá te contamos a lo que se expone un empleador que descuenta del salario el aporte a la seguridad social, pero no ingresa a la previsional.

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) advierte que la evasión de aportes a la previsional es un delito que puede convertirse en crimen, conforme a la Ley N° 5.655/2016, que complementa, amplía y modifica disposiciones del régimen legal del seguro social obligatorio del Instituto de Previsión Social (IPS).

La evasión ocurre cuando el empleador descuenta del salario el aporte a la seguridad social, pero no ingresa al IPS, lo que impide que el trabajador acceda a sus prestaciones y viola sus derechos laborales, según explicaron desde el MTESS.

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En la ley se establece que descontar del salario el aporte a la seguridad social y no ingresarlo al IPS viola los derechos de los trabajadores y puede resultar en prisión de 1 a 5 años o una multa. Incluso, señala que, en casos graves, la pena puede aumentar hasta 10 años.

Instan a denunciar casos de evasión de aportes al IPS

El MTESS, en ese sentido, insta a denunciar los casos de evasión ante la institución, la Fiscalía o el IPS. Aclara que el reporte se puede realizar de forma anónima.

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La cartera de Estado agrega que, una vez que toma conocimiento de un caso de evasión mediante denuncia o verificación de la Dirección General de Inspección y Fiscalización, los antecedentes se derivan de oficio a la Fiscalía para la investigación penal.

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