Ley privilegia a la canasta familiar y microempresas

Varios rubros de la canasta familiar tendrán tasa diferenciada del 5%.Archivo, ABC Color

Para la abogada tributarista Nora Ruotti, la Ley 6380/19 de modernización tributaria trae ajustes interesantes para una mejor medición y ordenamiento en el sistema, y además privilegia la canasta familiar con las tasas más bajas en la región. También destacó que la norma busca dar un impulso a la formalización de las pequeñas empresas.

audima

Esto mencionó, por un lado en relación al artículo 90 de la citada Ley que dispone una tasa diferencial del IVA en 5% para varios rubros de la canasta familiar.

Cabe destacar que la reglamentación 3107 emitida por el Ejecutivo aclara que la canasta familiar estará compuesta por: Arroz descascarado sin aditivos ni saborizantes, fideos no cocinados, frescos o secos, de cualquier tipo, también incluye aceites comestibles, sean de soja, girasol, algodón, canola, maní, maíz, oliva o las combinaciones de éstos, yerba mate a partir del proceso siguiente al sapecado, leche fluida de origen animal, sin aditivos ni saborizantes, huevos en cáscara de aves en general, harinas de trigo, de maíz y de mandioca y sal yodada. La tasa del 5% también se aplica a la enajenación e importación de frutihortícolas, y medicamentos.

Ventaja para los microemprendedores

Por otra parte, la tributarista sostiene que la nueva norma otorga ventaja para formalización a las pequeñas empresas familiares y a los microempresarios, incorporando facilidades para el mejor cumplimiento de las obligaciones tributarias. Para el primer caso, la Renta en el esquema Simple hasta 3% y para el segundo, el Resimple con tasas mensuales del 0,1%.

En ese sentido, el esquema Re Simple dispone de cuatro escalas de ingresos y montos a tributar. Aquellos que hayan registrado ingresos de hasta G. 20.000.000 pagarán G. 20.000 mensuales al Fisco; mientras que aquellos que se encuentran en el rango de G. 20.000.001 y G. 40.000.000 pagarán al mes G. 40.000.

También se faculta a la Administración Tributaria a establecer pagos trimestrales o semestrales. Los contribuyentes del Resimple deberán emitir comprobantes de venta, respaldar sus compras con documentos legales y presentar declaración jurada en los términos que establezca la reglamentación, y no abonarán el IVA.

Para la tributarista, esta ley de modernización tributaria viene a ajustar la cancha estableciendo parámetros más justos y equitativos. “Es una reforma muy favorable” dijo la profesional ayer a ABC. Instó a los contribuyentes a capacitarse para enfrenar sin miedo a estos cambios que se vienen.

Lo
más leído
del día