Llanes hizo tal indicación durante la última sesión del pleno de la Corte Suprema de Justicia, en respuesta a una inquietud de representantes del Ministerio Público respecto a la interpretación de las dos acordadas de suspensión de plazos, para la presentación de actos conclusivos y acusaciones.
“Preguntan los del Ministerio Público cómo eso se va a operativizar una vez que cese el estado de contingencia y entonces yo les sugerí leer el artículo 134 del Código Procesal Penal, que habla expresamente de la reposición de plazos procesales”, refirió Llanes.
“Esto habilita a solicitar a los jueces competentes naturales de las causas iniciadas, la devolución de este tiempo que se ha dejado de usar en razón de la fuerza mayor, la contingencia sanitaria y a partir de ahí el juez competente fijará nuevo plazo para presentación del requerimiento conclusivo de las investigaciones”, agregó la ministra de la sala penal.