Un tribunal neerlandés condena a 9 años a una mujer por esclavizar a una yazidí en Siria

La Haya, 25 mar (EFE).- Un tribunal de Países Bajos condenó este miércoles a nueve años de prisión a una mujer neerlandesa de 34 años por formar parte del grupo terrorista Estado Islámico (EI) y por mantener en esclavitud a una mujer yazidí durante su estancia en el autodenominado “califato” en Siria.

En el primer caso de este tipo juzgado en Países Bajos, la sala de crímenes internacionales del Tribunal de Apelación de La Haya redujo en un año una condena de diez años impuesta en primera instancia en 2024, al apreciar responsabilidad penal disminuida en la acusada, identificada como Hasna A.

El tribunal concedió además este miércoles una indemnización de 15.000 euros a la víctima, identificada en los documentos judiciales únicamente como Z., en contraste con la resolución de primera instancia, que había rechazado la compensación por motivos procesales.

El fallo declara a Hasna A. culpable de cuatro infracciones penales: participación en una organización terrorista, actos preparatorios de crímenes de carácter terrorista, abandono doloso de su hijo menor en situación de desamparo y coautoría del crimen contra la humanidad por esclavitud de la victima.

En 2015, Hasna A. viajó de Países Bajos a Siria junto a su hijo de cuatro años para instalarse en el “califato” del EI y allí contrajo matrimonio con un combatiente de la organización, tuvo tres hijos más y, tras divorciarse, pasó a convivir con otro militante en la ciudad de Raqa.

Durante un mes, obligó a Z., una mujer yazidí esclavizada por el EI, a realizar tareas domésticas y a cuidar a su hijo, al tiempo que la calificaba de "infiel" y la forzaba a practicar la oración islámica.

El tribunal precisó que el EI trataba a las mujeres yazidíes como “sabaya”, término árabe para "esclavas", y las comercializaba en mercados a precios de entre 200 y 1.500 dólares.

Hasna A. es la primera persona procesada en Países Bajos por un crimen cometido contra los yazidíes, minoría de carácter religioso y étnico que fue objeto de una campaña de exterminio y esclavización por parte del EI a partir de 2014.

El proceso se apoyó en el principio de jurisdicción universal, que permite a los tribunales nacionales a juzgar crímenes graves, incluidos los crímenes de lesa humanidad, con independencia del lugar en que se hayan cometido.

La Corte también subrayó el daño causado al hijo de la acusada, quien pasó gran parte de su infancia expuesto a violencia extrema y bombardeos en zona de guerra y padece hoy trastornos del desarrollo.

El fallo considera que Hasna A. lo dejó en situación de desamparo al negarle atención esencial pese a contar con oportunidades reales de abandonar el territorio controlado por el EI.

En 2019, Hasna A. acabó en campos de refugiados junto a sus hijos tras el colapso del califato.

En noviembre de 2022 fue repatriada por el Gobierno neerlandés desde el campo de detención de Al Roj, en el norte de Siria, junto a otras once mujeres neerlandesas que habían residido en territorio del EI.

La acusada escuchó la lectura del veredicto por videoconferencia desde la prisión donde permanece internada y ha negado de forma sistemática todos los cargos.

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