También autoriza la emisión y colocación de bonos del tesoro público en el mercado interno o internacional para captar dichos recursos.
Con dicha ratificación, los senadores rechazaron incluir dos artículos que los diputados agregaron.
Se trata del artículo 9 que señala que los fondos “deberán ejecutarse de acuerdo a procedimientos en la Ley N° 2051/2003 de Contrataciones Públicas”. Y el artículo 10, que indica que “los contratos de obras destinados para la ampliación, mejora y construcción de nuevas viviendas sociales con los recursos de la presente ley, deberán ser ejecutados con insumos y materiales de fabricación nacional, preferentemente los producidos en el departamento y distrito donde se lleven a cabo las obras, dando prioridad a la mano de obra local y a las empresas que se encuentran en el territorio departamental”.
La senadora Esperanza Martínez (Frente Guasu) explicó los motivos para la ratificación.
“Lo que se agrega en el artículo 9 en realidad lesiona el modelo de trabajo que se viene realizando a través de Fonavis con el proyecto que es asignado a través de administradora y subsidio a los beneficiarios directos, la mayoría de estos son organizaciones sociales, vecinales, del interior que reciben el subsidio, eligen el prestador de servicio y transfieren los recursos. Entonces la posibilidad de mantener el proyecto la versión del Senado, preservaría esto. Y tiene como objetivo inyectar recursos a las empresas de construcción pequeñas”, indicó.
Respecto al artículo 10 que prioriza los materiales locales, indicó que ya existe dicha norma establecida en la ley del Presupuesto General de la Nación.
La legisladora indicó que el titular del Ministerio de Urbanismo, Vivienda y Hábitat (MUVH), Carlos Pereira, prometió trabajar en una reglamentación que evite discrecionalidad y descontrol en la ejecución del programa.
Vuelve a Diputados.