Suspenden audiencia por presunto delito ambiental en Itapúa

TOMÁS ROMERO PEREIRA, Itapúa. Se canceló la audiencia ante el Juzgado penal de Garantías a la que debía comparecer el empresario agrícola, Clovis Eduardo Matte, imputado por los presuntos hechos punibles de desecación de humedales y deforestación. El abogado de la defensa Andrés Aníbal Romero, planteó un recurso de falta de acción, que la jueza Carina Ruiz Díaz, deberá resolver en tres días.

Técnicos del Mades, Infona y Senave encabezados por la fiscal especializada en delitos ambientales, Angelina Arriola, observan el impacto provocado por la canalización de aguas de un humedal que afecta al arroyo Guarapay, en Carlos Antonio López.
Técnicos del Mades, Infona y Senave encabezados por la fiscal especializada en delitos ambientales, Angelina Arriola, observan el impacto provocado por la canalización de aguas de un humedal que afecta al arroyo Guarapay, en Carlos Antonio López.Gentileza

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La audiencia de imposición de medidas debió sustanciarse el lunes, ante el Juzgado Penal de Garantías de María Auxiliadora, pero la defensa presentó un recurso de falta de acción, por lo que esta instancia tiene tres días para resolver. Clovis Eduardo Matte está imputado y con pedido de prisión preventiva por la fiscala especializada en delitos ambientales, Angelina Arriola.

El mencionado productor está sindicado de trasgredir Ley 716/96, que sanciona delitos contra el ambiente, y la Ley 6676/2020 de “Deforestación Cero” que prohíbe las actividades de transformación y conversión de superficies con coberturas de bosques en la Región Oriental.

Los hechos se habrían verificado a través de la deforestación de unas 140 hectáreas de bosque nativo y el desvío del curso de agua, el arroyo Guarapay, en el distrito de Carlos Antonio López, localidad distante unos 150 kilómetros al noreste de Encarnación, para cultivar maíz.

Allanamiento

De acuerdo a lo señalado por la fiscala interviniente, durante el allanamiento del inmueble se pudo constatar el cambio de uso de suelo, y la canalización de un curso de agua. La pena por la violación de la normativa con fines comerciales es de hasta 10 años de cárcel y multa de 500 a 2.000 jornales mininos legales para actividades diversas no especificadas, según la norma.

Del allanamiento participaron técnicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), el Instituto Forestal Nacional (Inforna) y el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (Senave).

De acuerdo al planteamiento de la defensa de Mattos, los delitos citados no son atribuibles a su cliente por lo que presentó el recurso de falta de acción y pedido de desestimación de la causa en su contra.

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