Lista negra: esto es lo que no podrán hacer los deudores alimentarios
Los “deudores alimentarios morosos” ya no pueden obtener registros de conducir ni revalidarlas desde hoy, porque entró en vigencia la Ley N° 5.415/15. Desde la Opaci informaron que todas las municipalidades del país ya tienen acceso a la base de datos de los morosos. Un deudor alimentario moroso es el que debe tres o más cuotas de la obligación alimentaria dispuesta por una sentencia o un convenio judicial homologado.