Rechazan reconsideración de jueza removida y la Corte comunicará al CM la vacancia del cargo

El pleno de la Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso de reconsideración que promovió la destituida jueza penal de garantías Claudia Jessica Mosqueira. La exmagistrada pretendía que la Corte paralice los trámites administrativos y no comunique al Consejo de la Magistratura (CM) la vacancia del cargo. Alegó que recurrió a una acción de inconstitucionalidad. Mosqueira fue destituida por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) por reiteradas ausencias a su despacho. También se resolvió realizar una auditoría por la venta en subasta de una narcoestancia.

Los ministros Alberto Martínez Simón, Eugenio Jiménez Rolón, César Diesel, Luis María Benítez Riera, Víctor Ríos Ojeda, Manuel Ramírez Candia y Gustavo Santander, en la sesión del 24 de abril de 2024.
Los ministros Alberto Martínez Simón, Eugenio Jiménez Rolón, César Diesel, Luis María Benítez Riera, Víctor Ríos Ojeda, Manuel Ramírez Candia y Gustavo Santander, en la sesión del 24 de abril de 2024.gentileza

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El recurso de reconsideración fue contra la Resolución N° 10.933 del 10 de abril de 2024, dictada por la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que es referente a la nota remitida por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) por la que le comunica la destitución de la entonces jueza penal de garantías de Villarrica Abg. Claudia Jessica Mosqueira, y en la que posteriormente se inician los trámites pertinentes para llenar la vacancia producida en dicho cargo.

En su pedido de reconsideración, la exmagistrada Mosqueira solicita la aplicación del art. 559 del Código Procesal Civil (CPC), para suspender la comunicación de vacancia al Consejo de la Magistratura, ya que ha promovido acción de inconstitucionalidad contra la resolución del JEM que la destituyó de sus funciones por mal desempeño.

No procede contra resoluciones administrativas

El ministro de la Corte Suprema Dr. Alberto Martínez Simón expuso en la plenaria que la medida de urgencia que solicita la exmagistrada es aplicar el art. 559 del CPC para suspender la tramitación administrativa ordenada en la Resolución de la Corte que informa la vacancia, que a criterio de la accionante debe paralizarse.

Sin embargo, el ministro Martínez Simón indicó que es jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia que las resoluciones del JEM y la misma resolución de la Corte sobre la que se plantea la reconsideración, no son sentencias judiciales sino administrativas, por lo que no puede aplicarse lo que dispone el art. 559 del Código Procesal Civil, para suspender la tramitación iniciada.

Por consiguiente, el Dr. Martínez Simón solicitó el rechazo del recurso de reconsideración contra la resolución de la Corte que declara la vacancia y comunica al Consejo de la Magistratura para llenar la vacancia producida por la destitución de la entonces jueza Claudia Jéssica Mosqueira.

A la propuesta de Martínez Simón de rechazar la reconsideración, se sumaron los demás ministros presentes en la sesión, su presidente Luis María Benítez Riera, Gustavo Santander Dans, César Diesel, Eugenio Jiménez Rolón, Manuel Ramírez Candia y Víctor Ríos Ojeda.

De la impugnación por vía de la acción

Con relación a la aplicación de la ley, una vez interpuesta la acción de inconstitucionalidad, el Código Procesal Civil dispone:

Art.559.- Efectos de la demanda. La interposición de la demanda tendrá efecto suspensivo cuando se tratare de sentencia definitiva, o de interlocutoria con fuerza de tal. En los demás casos no tendrá ese efecto, salvo que, a petición de parte, la Corte Suprema así lo dispusiere para evitar gravámenes irreparables.

Removida por incumplir horario laboral

El 12 de diciembre de 2023, por decisión unánime de sus miembros, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) resolvió la removió de sus funciones de la jueza penal de Garantías Claudia Jéssica Mosqueira, por haber incumplido el horario laboral obligatorio que dispuso la Corte Suprema, que es de 7:00 a 13:00. De 20 días laborales, la jueza transgredió la franja laboral en 17 ocasiones. Solo cumplió 66 horas de las 120 que estaba obligada, según se reveló.

El primer opinante ministro de la Corte Suprema de Justicia, Manuel Ramírez Candia, explicó que se le acusa a la magistrada Claudia Mosqueira por el incumplimiento de la jornada laboral dispuesta en la Acordada de la Corte Nº 153 del año 2000, por la cual se dispuso el horario de entrada para los funcionarios y jueces del Poder Judicial, a partir de las 7:00 de la mañana hasta las 13.00.

“El fiscal acusador del JEM Abog. Celso Ayala acreditó el hecho que motivó el enjuiciamiento en las siguientes pruebas: 1) el informe de auditoría de la Corte Suprema de Justicia que revela las llegadas tardías y salidas anticipadas de la magistrada en un total de 17 días en el mes de julio de 2022. Este análisis se realizó más precisamente desde el 4 al 29 de julio del año citado, y además, a la conclusión de la auditoría se acompañaron los videos tomados en los tribunales de Villarrica”, indicó entonces el ministro Ramírez Candia para solicitar la remoción de Mosqueira, a la que luego se adhirieron de forma unánime los demás miembros del Jurado.

Auditoría a un expediente de narcoestancia

El ministro de la Corte Suprema Dr. César Diesel propuso en la sesión -y fue aceptada de forma unánime- la realización de una auditoría de gestión al expediente caratulado “Grupo Paraná SA c/ Biocombustible Brasilero SA (BioBras) y otro s/ acción preparatoria de juicio ejecutivo”.

El ministro Diesel explicó que trascendió públicamente un entredicho entre el juez de Capitán Bado, Amambay, Abg. Cristhian Sánchez Zaracho, y la jueza Lici Sánchez, de la capital, con relación a un inmueble que fuera subastado en el mencionado expediente.

“Ese inmueble estaría aparentemente con unas medidas cautelares dispuestas por la magistrada Lici Sánchez, la cual crea una suerte de incertidumbre al respecto y a efectos de aclarar la cuestión propongo la auditoría de gestión del expediente señalado para determinar lo ocurrido con relación a la medida cautelar”, señaló el ministro.

La propuesta para auditar el expediente fue aprobado por los demás ministros, de forma unánime.

El inmueble cuestionado sería una estancia del narcotraficante Luis Carlos Da Rocha, alias Cabeza Branca, que a pesar de estar valuado en nada menos que en US$ 8.000.000, fue vendido en subasta pública a la empresa Grupo Paraná por un crédito de G 1.500 millones que tenía a su favor contra Biocombustible SA, que sería una firma relacionada a Cabeza Branca.

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