La entidad señala que además de la atención presencial se suspenden y reprograman todas las reuniones presenciales y de trabajo de las distintas áreas de ambas direcciones, por el plazo de 15 días hábiles, o según determinen las instrucciones de las entidades pertinentes.
En ese contexto, señala que así como se pone a disposición de los usuarios los medios de atención tecnológica para las solicitudes, consultas, y/o reclamos pertinentes a los trámites que se procesan en las distintas áreas de atención.
Explica que todas las solicitudes serán recibidas y procesadas exclusivamente de manera electrónica, a través del Sistema de Expediente Electrónico (Sistema Simple), de la dirección. “Las mismas serán analizadas y procesadas según cumplan con todos los requisitos documentales, que se anexen electrónicamente; atendiendo a las disposiciones legales y los procedimientos establecidos para el efecto”, agrega.
Expresa que transcurrido el periodo de vigencia de la medida, los usuarios podrán realizar la regularización de la presentación de los documentos físicos que corresponda, específicamente para “Trámite de Creación de Usuarios”, así mismo también para las consultas y o pertinentes para casos específicos.
La Abogacía aclara que en el caso de que se requiera la realización de trámites presenciales en las dependencias, el acceso se permitirá única y exclusivamente previa autorización del departamento administrativo, y tomando las medidas y recomendaciones sanitarias establecidas para evitar el contagio del covid-19.
Por otro lado, a fin de mes vence el segundo plazo establecido para que los beneficiarios finales informe a la Abogacía y están obligados aquellos con número de Registro Único de Contribuyentes (RUC) de 4 al 6. En el primer vencimiento, a fines de febrero, se registraron más de 19.000 sujetos obligados.