Martín Arévalo debe ser expulsado del Congreso

En un hecho muy poco habitual, el director general de Aduanas, Econ. Julio Manuel Fernández Frutos, presentó al Ministerio Público con nombre y apellido una denuncia formal por tráfico de influencias contra el senador colorado Martín Arévalo, a quien acusa de presiones para nombrar a funcionarios en puestos clave y para interceder en favor de una persona involucrada en un caso de contrabando. Inmediatamente, tanto el denunciado como otros, de manera directa o indirecta y por diversos motivos, han puesto en duda las reales motivaciones y el proceder de Julio Fernández, pero esa es otra discusión. El punto es que, con las sólidas evidencias que salieron a luz, Arévalo no puede permanecer un minuto más en el Congreso Nacional.

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Fernández entregó a la fiscalía grabaciones e intercambios de mensajes de Whatsapp autenticados por escribanía donde el senador claramente le pide nombrar como administradores a dos funcionarios de menor rango, algo a lo que, de acuerdo con sus declaraciones, el director no accedió pese a la insistencia del denunciado, no solo porque no correspondía, sino debido a que los recomendados no reunían el perfil para las altas responsabilidades del cargo de administrador, que otorga a su titular amplias facultades para el control y la toma de decisiones en zona primaria.

Además, puso como testigos al jefe del Departamento de Sumarios Administrativos de la Dirección General de Aduanas (cuyo nombre no hace constar) y a la administradora Guadalupe Ruiz, a quienes, según la denuncia, Arévalo llamó (a Guadalupe el pasado 30 de agosto) para intermediar y ofrecer “tratos” a favor de “un ciudadano de origen árabe”, que luego identificó como Ahmad Khalil Chams, supuesto verdadero dueño de una carga incautada en Itapúa el 22 de noviembre de 2019, declarada contrabando y vendida conforme a las disposiciones del Código Aduanero.

A partir de aquí han surgido varios interrogantes. Uno de ellos es que si los mencionados intercambios de Whatsapp datan de febrero, ¿por qué Fernández esperó tantos meses para hacer la denuncia? Él dice que se quiso documentar bien y que tomó la determinación cuando Arévalo directamente se involucró en el caso de Chams, pero no deja de ser llamativo. También se mencionó que Fernández y Arévalo compartían un grupo de oración, lo cual, a priori, es prácticamente irrelevante. Y algunos sugieren que todo se trata de una conspiración política para sacarlo del medio a Arévalo y poner en su lugar al cartista Bernardo “Lalo” Villalba, el mismo que en 2014 fue incluido en un informe de la Cámara de Senadores entre legisladores colorados con presuntos vínculos con el narcotráfico.

Pero quizás lo principal es que una carga valuada en 3 a 4 millones de dólares terminó vendiéndose por tan solo 600 millones de guaraníes, luego de que “parte de ella fue sustraída irregularmente en un hecho delictivo que se produjo en el local de la ex-Gical”, según menciona la denuncia sin dar otros detalles. En declaraciones posteriores a la prensa, el director Fernández dijo que el robo de la mercadería ocurrió en un operativo comando y apuntó a los propios dueños de la misma.

La rapiña de mercaderías decomisadas y las ventas amañadas con complicidad de funcionarios venales son prácticas que se tienen por comunes en Aduanas y que deben ser profundamente investigadas, erradicadas, con duras sanciones a autores y cómplices. Pero nada de eso exime al senador Arévalo.

Las pruebas exhibidas no dejan lugar a dudas de que incurrió en tráfico de influencias, lo cual tiene una derivación penal y una derivación política.

Penalmente debe responder ante la Justicia dentro de un proceso con todas las garantías, en el cual tendrá que evaluarse si su conducta se encuadra dentro de lo establecido en la Ley 2523/2014, “Que previene y tipifica el enriquecimiento ilícito en la función pública y el tráfico de influencias”, para ser declarado culpable o absuelto.

Políticamente, sin embargo, no hay nada más que discutir. El inciso 2 del artículo 201 de la Constitución Nacional inequívocamente establece como causal de pérdida de investidura “el uso indebido de influencias fehacientemente comprobado”, como notoriamente se ha dado en este caso. En ocasiones anteriores ya ha quedado plenamente definido que “fehacientemente comprobado” no implica una condena en el ámbito judicial, que podría tardar años e invalidar de hecho el sentido y propósito del precepto constitucional, y que la decisión se toma por mayoría simple de la cámara respectiva. Por lo tanto, no hay pretextos.

Las aduanas siempre han sido un preciado botín para muchos políticos y el origen de inexplicables fortunas. Esta es una excelente oportunidad para saber quién es quién. De acuerdo a qué argumente y cómo vote cada cual la ciudadanía comprobará quiénes están del lado de la ley, de la decencia y del saneamiento de la clase política, y quiénes del lado de la deshonestidad, la corrupción y el enriquecimiento ilícito.

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