Tratarán restricciones a las medidas alternativas

Senador Enrique Bacchetta (ANR-Añetete), proyectista de la ley sobre restricción de medidas alternativas cree que será aprobada.Archivo, ABC Color

El Senado tratará nuevamente en su sesión del próximo jueves la modificación del Código de Ejecución Penal para excluir del beneficio de las medidas alternativas a procesados y condenados por delitos de secuestro, terrorismo y otros. El proyectista Enrique Bacchetta (ANR, Añetete) confía en que será aprobado.

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El proyecto, que modifica y amplía los artículos 59 y 120 de la Ley 5162/14, Código de Ejecución Penal, ya estuvo incluido en el orden del día de la sesión de la semana pasada pero se postergó su estudio para precisar mejor sus alcances, señaló el senador Bacchetta.

La normativa se refiere a la concesión de medidas alternativas a la prisión que da la actual ley, sancionada en julio pasado, a procesados y condenados. El objetivo de esa ley es evitar la aglomeración en las cárceles, de personas sin condena o que demostraron un buen comportamiento.

Sin embargo, tal como está redactada puede beneficiar actualmente a personas acusadas de crímenes graves u otras circunstancias que hacen inconveniente su liberación.

Los requisitos para que un condenado acceda a una medida sustitutiva, que puede ser un régimen de semilibertad, son: haber cumplido al menos la mitad de la pena, no tener causa abierta u otra condena pendiente, poseer buena conducta y merecer, por parte del organismo técnico-criminológico y del consejo asesor del establecimiento, un concepto favorable respecto a su evolución y sobre el efecto beneficioso que la salida o el régimen de semilibertad pudieran tener para el futuro personal, familiar y social del interno.

La modificación propuesta dispone que “se exceptúan de estas concesiones a los condenados por crímenes de lesa humanidad establecidos en el artículo 5 de la Constitución Nacional, los previstos en la Ley 4024/16 “que castiga los hechos punibles del terrorismo, asociación terrorista y financiamiento del terrorismo, los hechos punibles tipificados como secuestro y sobre quienes fueran condenados por más de treinta años de pena privativa de libertad o pese medidas de seguridad interna”.

La anterior normativa que modificaba el artículo 245 del Código Procesal Penal prohibía a los jueces otorgar medidas alternativas a la prisión preventiva y medidas sustitutivas a los procesados por crímenes (hechos punibles que tienen expectativa de prisión de más de 5 años). En su momento, se modificó la ley por el reclamo del sistema de justicia que vio abarrotadas las penitenciarías del país con personas no condenadas a quienes se imponía la prisión preventiva, en muchos casos, de forma abusiva.

Bacchetta señaló también que precisarán la modificación para evitar que sea muy extensiva y, al mismo tiempo, cuidar el tema de la reinserción de las personas privadas de su libertad. El proyecto es impulsado, además de Bacchetta, por las senadoras Lilian Samaniego y Mirta Gusinky (ANR, excartistas), se volverá a tratar en la comisión de Legislación en su reunión de mañana.

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