Así, la Tercera Sala Constitucional declaró fundada la demanda presentada por Ávalos contra el Legislativo y podrá volver a ser ejercer como fiscal suprema.
"Corresponde ordenar la reincorporación de la demandante Zoraida Ávalos Rivera como fiscal suprema titular del Ministerio Público", reza la resolución judicial.
Ávalos fue fiscal general de la Nación interina de 2019 a 2022 y, desde su inhabilitación, ha denunciado que esta tuvo "carácter político" y fue consecuencia del "canje de votos" entre congresistas y su sucesora, Patricia Benavides, a cambio de cerrar investigaciones abiertas a parlamentarios.
Benavides cumple una suspensión de seis meses del cargo de Fiscal de la Nación (general) dictada por la Junta Nacional de Justicia (JNJ, el máximo órgano de la judicatura), mientras es sometida a un proceso por supuestamente liderar una red de tráfico de influencias en el Ministerio Público.
El 21 de junio de 2023, el Congreso aprobó una resolución legislativa que proponía inhabilitar por cinco años para el ejercicio de la función pública, a Ávalos, en su condición de ex fiscal de la Nación, por presunta infracción a la Constitución Política de Perú, en su artículo 159.
Según la propuesta que fue aprobada, Ávalos "incumplió las obligaciones inherentes al Ministerio Público de ejercer la acción penal", siendo precisamente ella, la única funcionaria legítima para investigar los presuntos delitos cometidos por los altos funcionarios y haber advertido la denunciada existencia de hechos irregulares con características delictivas que habría cometido el entonces presidente Castillo.
El pleno decidió con 71 votos a favor apartarle del cargo tras la lectura del informe final de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales.
La presidenta de este grupo parlamentario, la congresista conservadora Lady Camones, señaló que la investigación "respetó estrictamente las garantías del debido procedimiento", el cumplimiento de todas las fases y plazos, el derecho a la denunciada a ser oída y asistida a la defensa técnica de su elección, el derecho a la contradicción y a una decisión imparcial de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales.
El actual fiscal general interino, Juan Carlos Villena, manifestó en enero a la emisora RPP que esta inhabilitación no fue correcta, puesto que se fundamentó en la interpretación discrecional de una norma por parte de Ávalos.
"Es una decisión que no era la correcta porque se trata de una interpretación de una norma, y por ello, jueces (y) fiscales no podrían ser sancionados (…) Si uno interpreta una norma, ¿constituye delito? No", dijo a dicho medio.