Fiscalía argentina: "ley 2x1” no aplica en delitos de lesa humanidad

La Fiscalía argentina dictaminó como “no aplicable” en delitos de lesa humanidad la “Ley 2x1”, beneficio que establece que si la detención preventiva de un imputado dura más de 2 años, cada día en adelante se computará doble al momento de la condena.

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La explicación del Ministerio Público Fiscal responde a la controversia que generó en el país en mayo pasado la decisión de la Corte Suprema de hacer una excepción y aplicarla para rebajar la pena a Luis Muiña, inicialmente condenado a 13 años por delitos de lesa humanidad durante la última dictadura (1976-1983) .

Después de que la decisión de la alta corte recibiera un enorme rechazo por parte de organismos de derechos humanos de diferentes lugares del mundo, el Supremo declaró aplicable la derogada ley en una causa por crímenes de lesa humanidad cometidos en la dictadura. Sin embargo, el 12 de mayo el Congreso adoptó la Ley 27.362 que establece que el “2x1” no es aplicable a delitos de lesa humanidad, aunque no con retroactividad.

En esa línea, la fiscal general, Alejandra Gils Carbó, coincidió este viernes en que dicha medida no es aplicable en esos casos, ya que surge de la “obligación constitucional” de asegurar que las penas en delitos lesa humanidad sean “adecuadas y proporcionales”, según un boletín divulgado en la página web del organismo.

“A través de la reciente Ley 27362, el Congreso de la Nación reafirma el compromiso del Estado argentino con relación a las obligaciones internacionales y los principios constitucionales vinculados al juzgamiento de crímenes contra la humanidad”, remarcó la fiscal.

La decisión de la Corte de no aplicar el beneficio del “2x1” en casos de lesa humanidad se consideró para las solicitudes que pudieran venir tras la aprobación de la ley, ya que este beneficio fue derogado por el Congreso pero no con retroactividad.

Gils Carbó afirmó que el Estado debe asegurar que la aplicación de las normas internas “no constituya un factor de impunidad ni implique la conmutación de las penas”, en referencia al polémico fallo de la Corte Suprema a principios del pasado mayo.

“Esta norma fue votada en el marco del repudio social generalizado que provocó la decisión del Alto Tribunal de otorgar el beneficio –al interpretar que la 24.390 tiene los efectos de una ley penal más benigna– al condenado Luis Muiña”, indicó el texto publicado por la Fiscalía.

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