De acuerdo a lo que indica en su escrito el abogado del diputado Ulises Quintana, Óscar Germán Latorre, interponen en tiempo y forma recursos de reposición y apelación en subsidio contra la providencia de fecha 19 de setiembre dictada por el juzgado a cargo de la magistrada Alicia Pedrozo.
El letrado funda este recurso de reposición en las siguientes argumentaciones:
Ulises Quintana debía presentarse el 26 de setiembre a las 08:15 para su audiencia de revisión de medidas, en cumplimiento de lo dictado por el Tribunal de Apelación en lo Penal, Primera Sala de la Capital.
Pero para el abogado, dicha resolución es de mero trámite, motivo por el cual considera procedente que el juez de la causa analice y revoque “por contrario imperio” la audiencia, dejándola sin efecto.
El defensor recordó que la mencionada audiencia de revisión tiene por antecedente el incidente de revocatoria de prisión, que fue admitido favorablemente por la jueza penal Magdalena Narváez, quien al mismo tiempo impuso medidas sustitutivas de la prisión a Quintana. Entre estas medidas, figura comparecer en la secretaría del Juzgado los primeros cinco días de cada mes, la prohibición de salir del país sin autorización del Juzgado y la prohibición de cambiar de domicilio. Así también, Ulises Quintana y su abogado otorgaron una caución real.
Contradicción entre medidas otorgadas
Germán Latorre recordó que esa resolución fue anulada por el Tribunal de Apelación en lo Penal, Primera Sala, fundándose en la contradicción que implicaban las figuras de la revocatoria de la prisión y la imposición de medidas sustitutivas que fueron impuestas por la magistrada.
En este sentido, se dispuso además la realización de una nueva audiencia de revisión de medidas, y esto consta en el auto interlocutorio de fecha 25 de julio.
El abogado continuó expresando en el documento que, pese al alcance y los efectos de esa resolución, su defendido ha venido cumpliendo cada una de las medidas que le fueron impuestas, incluyendo el ofrecimiento de un inmueble en caución real, medida cautelar que quedó supeditada a las condiciones de dominio que fueron requeridas a la Dirección General de los Registros Públicos.
Cumplió con las medidas
Agrega que en todo este tiempo Ulises Quintana Maldonado no cambió su domicilio particular, así como tampoco abandonó el país, y asistió regularmente a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Cámara de Diputados, al igual que de las comisiones que integra en dicho cuerpo legislativo.
El defensor recordó que al concluir el plazo extraordinario de investigación el Ministerio Público presentó su requerimiento acusatorio en contra de Quintana por los hechos punibles de asociación criminal y lavado de dinero, excluyendo los hechos punibles de enriquecimiento ilícito, narcotráfico y tráfico de influencias por los que había sido inicialmente imputado.
Por todo esto, Latorre afirma que corresponde que el Juzgado fije día y hora para la realización de la audiencia preliminar, acorde con lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal. Añadió que es en esta audiencia donde el Juzgado tendrá la oportunidad de “ratificar, revocar, sustituir o imponer medidas cautelares”.
El abogado fue más específico al explicar que, con la providencia cuya reposición se solicita, en realidad, “se está incurriendo en una superposición de actos procesales que tiene la misma finalidad". "En otras palabras, lo que correspondería por razones de economía procesal es que la audiencia de revisión de la medidas sea realizada en ocasión de la audiencia preliminar y no en dos momentos sucesivos inmediatos”, detalló.
También interpuso apelación
En cuanto al recurso de apelación en subsidio para el caso en el que el juez considere improcedente el recurso de reposición, Óscar Germán Latorre interpuso también el recurso de apelación en subsidio contra el proveído de fecha 19 de septiembre, fundándose en los siguientes términos:
Destacó que la providencia impugnada “genera agravios a Ulises Quintana, obligándolo a repetir innecesariamente la misma diligencia”.
Por lo tanto, concurre el presupuesto previsto en el artículo 461, inciso 11 del Código Procesal Penal, que reza que “el recurso de apelación procederá contra todas aquellas resoluciones que causen un agravio irreparable, salvo cuando expresamente se la haya declarado irrecurrible por este código”.
El abogado fundamentó su recurso de apelación en los siguientes fundamentos:
La audiencia de revisión que estaba planeada para el jueves 26 de setiembre tiene por antecedente el incidente de revocatoria de prisión que fue admitido favorablemente por la jueza penal Magdalena Narváez, quien al mismo tiempo impuso medidas sustitutivas de la prisión a mi defendido.
Excluyeron el narcotráfico
Esa resolución fue anulada por el Tribunal de Apelación en lo Penal, Primera Sala, fundado en la contradicción que implicaban los institutos de la revocatoria de la prisión y la imposición de medidas sustitutivas que fueron impuestas por la magistrada. El Tribunal además ordenó la realización de una nueva audiencia de revisión de medidas.
El defensor recordó que al concluir el plazo extraordinario de investigación, el 13 de septiembre pasado, el Ministerio Público presentó su requerimiento acusatorio en contra de Quintana por los hechos punibles de asociación criminal y lavado de dinero, excluyendo los hechos punibles de enriquecimiento ilícito, narcotráfico y tráfico de influencias por los que había sido inicialmente imputado.
Atendiendo esa etapa procesal, para el abogado corresponde que el juez penal de garantías fije día y hora para la realización de la audiencia preliminar, acorde con lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal y es en esta audiencia donde el Juzgado tendrá la oportunidad de “ratificar, revocar, sustituir o imponer medidas cautelares”.
Expectativa de pena es elevada
La jueza Alicia Pedrozo convocó para este jueves a las 8:15 al diputado Ulises Quintana (ANR, Añetete) para la audiencia revisión de la prisión. Tras la diligencia la magistrada podría pedir la prisión del parlamentario.
El viernes 13 de setiembre pasado la fiscalía presentó su acusación en el caso Berilo, en el que están como principales acusados el presunto narcotraficante Reinaldo “Cucho” Cabaña y el diputado Ulises Quintana.
En el caso del diputado Quintana, el Ministerio Público lo acusa por asociación criminal para el tráfico de drogas y lavado de dinero y pidió juicio oral.
En ambos casos, la expectativa de pena es muy elevada y por el concurso de delitos en una eventual condena contra el parlamentario colorado y el mismo se expone un encierro de más de 20 años.
Es por esta razón que el próximo jueves, cuando Quintana se presente a la audiencia ante la jueza Pedro, la misma debería volver a dictar la prisión contra el diputado, quien fue liberado gracias a una sospechosa decisión que tomó la jueza Magdalena Narváez.
La Cámara de Apelación compuesta por Gustavo Santander, Pedro Mayor y Gustavo Ocampos, a través del A.I. N° 277 de fecha 25 de julio de 2019, anuló el fallo que dejó en libertad a Quintana, atendiendo a “irregularidades observadas en las actuaciones, como asimismo en los vicios incurridos en la redacción de la resolución impugnada, como asimismo la naturaleza de los hechos punibles imputados al encausado, que son de suma gravedad, con marcos penales graves, como a la investidura y condición personal del mismo, hacen que exista una alta posibilidad de obstrucción de la investigación que aún se halla pendiente en su realización”.
Ulises Quintana estuvo preso en la cárcel militar de Viñas Cue, desde el 24 de setiembre del año pasado y fue liberado en forma irregular en julio último (diez meses).