A partir de ahora, los magistrados de todo el país deberán resolver los expedientes en sus respectivos domicilios.
Así lo dicta una resolución del Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia, por la cual se dispone que los magistrados de los fueros de todo el país concurran el lunes 30/03/2020 y el martes 31/03/2020 por única vez, exclusivamente para retirar sus expedientes judiciales y así resolver sentencias.
Los jueces deberán acudir entre las 9:00 y las 10:00 a retirar los expedientes que se encuentren pendientes de ser resueltos. Además de preparar las resoluciones respectivas desde sus hogares, los jueces podrán incluir las extradiciones formuladas desde el extranjero.
Orden para evitar aglomeración
Se estableció un orden para que los magistrados concurran a sus despachos, de manera de evitar la aglomeración.
El lunes 30 de marzo de 2020, de 9:00 a 10:00, concurrirán a sus despachos los magistrados cuyos juzgados o tribunales sean identificados con números pares.
En tanto, el martes 31 de marzo de 2020, de 09:00 a 10:00, concurrirán a sus despachos los jueces cuyos juzgados y tribunales sean identificados con números impares.
Se ordena además que solo en casos imprescindibles concurran los actuarios de los Tribunales y Juzgados.
En otro orden, la resolución dispone que el personal sanitario y de seguridad de cada edificio del Poder Judicial aplique todas las medidas de prevención sanitaria a para asegurar la salud de magistrados y funcionarios que concurran a los edificios del Poder Judicial.
Piden arbitrar todas las medidas pertinentes para que los jueces se retiren inmediatamente luego de llevar sus expedientes.
Se dispone finalmente que los magistrados, ni bien retiren sus herramientas de trabajo, se dirijan directamente a sus domicilios.
Piden aprovechar tiempo
Exhortan a los magistrados a aprovechar los días de cuarentena para ponerse al día con los expedientes que tengan en sus despachos, a fin de evitar el retraso en el dictado de las resoluciones judiciales.
En el caso de los órganos colegiados que deban dictar resolución, se solicita que se creen los medios para que los autos sean entregados ya con los votos, a fin de permitir el voto de los demás miembros de dicho órgano, debiendo realizar dicho traspaso sin concurrir a los mismos al Poder Judicial.
Se resuelve en el oficio que la decisión sea comunicada a los presidentes de todas las circunscripciones judiciales del país para su inmediata comunicación a los magistrados de estas localidades.
Si algún magistrado no pudiera concurrir en los días y horarios establecidos por imponderables, habrá una oportunidad más el miércoles 1 de abril.