Silva Facetti celebró que el Senado haya tenido los votos necesarios en la pasada sesión para rechazar el veto parcial del Poder Ejecutivo a la ley “de Protección de Datos Personales Crediticios”.
Señaló que, tras una primera votación en la que no se tuvo mayoría para rechazar el veto, el pleno, por medio de una reconsideración, consiguió la mayoría necesaria para ratificarse en la ley aprobada en el Congreso.
Recordó que la ley tuvo su origen en la intención de proteger el derecho al trabajo de todas las personas y que el mismo no le perjudique laboralmente “por figurar en Informconf”, como denunciaron muchos individuos que eran rechazados por ese motivo, pese a que, en algunos casos, se trataba de deudas ya caducas.
También se denunciaba la situación perversa que soportan algunas personas que se veían imposibilitadas de honrar sus deudas por no poder acceder a un trabajo debido a sus antecedentes crediticios.
Silva Facetti dijo que la normativa apuntó a que no sea un requisito para poder acceder a un trabajo no tener datos crediticios negativos.
El legislador apuntó que varios diputados y senadores presentaron proyectos referidos al tema, los cuales se pudieron unificar en un solo texto.
Indicó que el objetivo principal de la norma es la protección de los datos crediticios de cualquier persona además regular la actividad de las empresas que se dedican a la recolección y acceso a los datos crediticios, cómo se constituyen y organizan, cómo funcionan, cuáles son sus derechos y obligaciones.
Apuntó que sobre todo se legisló para el individuo, preservando sus derechos fundamentales, como la intimidad, la autodeterminación informativa que es un principio por el cual la persona debe autorizar que se puedan buscar datos sobre ella, además del derecho a la libertad, la seguridad, el trato justo a las personas conforme a la Constitución.
El veto
Silva Facetti indicó que el veto del Poder Ejecutivo se refirió principalmente al articulo 9 donde figura lo que se conoce como “el derecho al olvido”. En la ley vetada se establece que la conservación de los datos crediticios de una persona no puede exceder más de cinco años coincidentes con los plazos que establecen otras leyes tributarias, la obligación de guardar documentos, etc. Indicó que esto se refiere al derecho a las personas a reiniciar su vida comercial si es que tuvo un traspié.
El legislador destacó que la normativa aprobada en el Congreso también establece que los datos que deben figurar deben ser positivos y negativos, es decir tanto el no pago o incumplimiento de sus obligaciones crediticias, pero también los datos que se refieren al buen cumplimiento por parte de las personas.
Indicó que en el marco del debate casi nos quedamos sin ley, pero gracias a la reconsideración, con 27 votos, el Senado decidió rechazar el veto y ahora esperaba que corra la misma suerte en la Cámara de Diputados, donde de hecho también se impulsaron proyectos similares que fueron consensuados en la ley finalmente aprobada.
Para que la Cámara de Diputados también rechace el veto y confirme la ley es necesaria una mayoría de al menos 41 votos.