Sobre cuáles fueron los puntos determinantes para las descalificaciones, el Ing. Báez detalló que, entre otras cosas, la empresa india Kalpataru Power Transmission Ltda (KPTL) presentó una lista con la omisión en la cotización de varios ítems, lo cual es considerado un error de carácter sustancial. “Su oferta técnica también tiene numerosos errores de carácter sustancial en cuanto a ofrecimiento de equipos. Por ejemplo, nosotros pedíamos en nuestras especificaciones técnicas una cosa y ellos ofertaban otra. Pedimos un trafo trifásico y ellos no incluyen el transformador de potencial conforme a lo solicitado. Eso constituye una oferta incompleta”, dijo.
Sobre la propuesta del Consorcio Soberanía Eléctrica (CIE SA - Tecno Electric) dijo que presentó una lista de cantidades con error sustancial en el ítem de adquisición de certificados de servicios ambientales, que por ley están obligados y que debe cubrir el 1% del precio del contrato de la subestación. “Erraron feo. Esto les descalifica directamente”, añadió el Ing. Báez.