Reducción del impuesto es para estimular comercio fronterizo, dice la SET

La baja del impuesto a bebidas y perfumes estará en vigencia hasta el 31 de octubre y, según la SET, es para dinamizar comercio en la frontera.Archivo, ABC Color

La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) del Ministerio de Hacienda señaló que con la reducción del impuesto selectivo al consumo (ISC) para las bebidas y perfumes se busca estimular el comercio en las zonas fronterizas.

La administración fiscal emitió un comunicado en donde expone que desde los inicios de la pandemia del covid-19 y ante el escenario de crisis regional ocasionado por esta, Hacienda viene arbitrando los mecanismos necesarios para el establecimiento de políticas fiscales favorables, direccionadas a alivianar las cargas tributarias de los contribuyentes, que a su vez faciliten la dinamización del comercio y la recuperación económica del país.

Añade que dentro de estas políticas llevadas a cabo por la SET se encuentran aquellas dirigidas a la economía de la frontera, que fueron plasmadas por medio de actos administrativos emanados del Poder Ejecutivo, mediante los cuales se estableció la reducción temporal de las tasas ISC respecto a determinados productos.

“Es importante destacar que mediante la adopción de estas medidas se buscó por una parte estimular el comercio en las zonas fronterizas y por otra parte, generar condiciones favorables que ayuden a las empresas en la mitigación del impacto de la pandemia”, añade la nota.

Las nuevas tasas

A través del Decreto N° 5.585, con fecha 1 de julio, el Ejecutivo dispuso la reducción de las tasas aplicadas hasta el 31 de octubre atendiendo que la normativa anterior venció el 30 de junio último.

La nueva disposición mantiene en 7% la tasa del impuesto selectivo al consumo para la cerveza sin alcohol, en tanto que para las cervezas con alcohol se reduce de 8% a 7%, y de 7% a 4% para las sidras sin alcohol y demás bebidas envasadas con graduación alcohólica hasta el 0,5% Vol. a 20° Celsius.

También baja de 8% a 4% para sidras con alcohol y demás bebidas envasadas con graduación alcohólica superior al 0,5% hasta 1 0% Vol. a 20° Celsius; vinos de frutas, naturales o dulces; champagne y equivalentes y demás bebidas envasadas con graduación alcohólica superior al 10% hasta el 30% Vol. a 20° Celsius; coñac, whisky, tequila, agua ardiente, ron, cocteles, vodka, gin, ginebra, pisco, cañas, y demás bebidas envasadas con graduación alcohólica superior al 30% Vol. a 20° Celsius.

Además, incorpora en este nuevo decreto a los perfumes, aguas de tocador, preparaciones de belleza y maquillaje, cuya tasa se reduce de 5% a 2%.

Cuadro comparativo del impuesto selectivo al consumo preparado por la SET.

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