Cámara revoca permiso otorgado al exministro de Educación Luis Riart

Luis Alberto Riart Montaner, exministro de Educación y Ciencias, condenado a 3 años de cárcel por lesión de confianza. ABC Color

Un Tribunal de Apelación revocó el permiso concedido al exministro de Educación Luis Riart Montaner, quien actualmente cumple en su casa su condena de 3 años de cárcel por lesión de confianza. Para la Cámara, el beneficio otorgado a Riart constituye una desnaturalización de la ejecución de la pena.

El permiso judicial otorgado al exministro de Educación Luis Riart Montaner para dejar la casa en la que cumple prisión domiciliaria 30 horas a la semana para realizar una investigación, quedó sin efecto. El Tribunal de Apelación en lo penal, cuarta sala, revocó la resolución dictada en febrero pasado por el juez de Ejecución Carlos Luis Mendoza Peña.

Carlos Mendoza Peña, juez de ejecución.

Por unanimidad, los magistrados Arnulfo AriasMaldonado, Arnaldo Fleitas Ortiz y Adriana Giagni Rojas dejaron sin efecto el auto interlocutorio (AI) N° 36 dictado por el juzgado penal de Ejecución Especializado en Crimen Organizado, del 26 de febrero pasado.

En el punto 2 de su resolución, el juez Mendoza hizo lugar al pedido de Promoción a Prueba y Promoción al Régimen de Semilibertad y favoreció a Riart con un permiso para salir de la casa donde cumple prisión domiciliaria desde el 10 de diciembre del 2024, en los días lunes, miércoles y viernes, desde las 8:30 hasta las 18:30.

En un principio, la autorización era para ir únicamente a la institución educativa que encargó el trabajo sin embargo, a pedido de la defensa, que alegó la necesidad de realizar entrevistas en la vía pública para escuchar “la voz de la calle”, el permiso se amplió en una resolución posterior, donde además, el juez redujo la fianza de G. 300 millones a G. 100 millones.

Luis Riart pidió permiso para realizar entrevistas en la calle

“La investigación como lo explica el proyecto, requiere realizar entrevistas en lugares distintos, como por ejemplo paradas de colectivos, en el propio Mercado 4 de la ciudad, plazas y barrios de Asunción, además de las visitas técnicas al Archivo Nacional y la Biblioteca del Congreso, según los fundamentos que están insertos en el documento. Limitar la permanencia exclusivamente a los edificios administrativos de la Universidad Jesuita del Paraguay, no hace más que anular la naturaleza del trabajo autorizado correctamente por el Juzgado, haciéndolo “inviable”, argumentó el abogado Carlos Montalbetti.

Lo llamativo del caso es que Riart logró ser beneficiado con la prisión domiciliaria con el pretexto de que su presencia en su hogar era supuestamente imprescindible para poder asistir a su suegro, que se encuentra acamado.

Fiscala advirtió errónea aplicación de la ley

Esta decisión fue apelada por la fiscala Dominica Zayas, quien sostuvo que la misma adolece de graves vicios de errónea aplicación de los preceptos legales pertinentes enm cuando se refiere a la promoción del periodo de prueba y a la semilibertad otorgada a Riart.

En este sentido, la agente fiscal -quien se opuso a la petición de la defensa en la audiencia correspondiente- destaca que los beneficios están previstos para personas privadas de su libertad en instituciones penitenciarias y no para quienes cumplen prisión domiciliaria, como Riart.

En coincidencia con la postura del Ministerio Público, el camarista Arnulfo Arias Maldonado afirma que “el régimen penitenciario tiene como fin la Ejecución de una pena privativa de libertad -Art. 36- en las condiciones previstas en la ley y definitivamente, toda la normativa se halla prevista para los condenados a una pena privativa de libertad, quienes la cumplen en un recinto penitenciario”.

Dr. Arnulfo Arias Maldonado, miembro del Tribunal de Apelación en lo penal, cuarta sala.

Permiso otorgado desnaturaliza la ejecución de la pena

“Si bien el reo se encuentra cumpliendo la pena que le fue impuesta en prisión domiciliaria y su ejecución se halla bajo supervisión del juez competente -Art. 240 C.E.P.- en las condiciones previstas en la referida norma, no debería regir para el mismo las establecidas para los condenados, en centros de reclusión que escapan al control de las autoridades penitenciarías”, concluyó Arias, al argumentar su voto por la revocatoria de la decisión.

Dr. Arnaldo Fleitas Ortiz, miembro del Tribunal de Apelación en lo penal, cuarta sala.

Por su parte, el magistrado Arnaldo Fleitas Ortiz resalta que “la promoción al periodo de prueba y la concesión del régimen de semilibertad respecto de una persona que cumple su pena bajo prisión domiciliaria resultan jurídicamente improcedentes, al implicar la aplicación de institutos propios del régimen penitenciario a una modalidad de ejecución que se desarrolla fuera de dicho sistema”.

“Admitir lo contrario implicaría desnaturalizar la lógica estructural, técnica y gradual del régimen progresivo de ejecución de la pena”, acotó Fleitas.

“(...) al hallarse bajo el beneficio de la prisión domiciliaria el condenado no puede acceder a los institutos o sistemas previstos para las personas que se hallan dentro del Régimen Penitenciario, esto es recluidas en un establecimiento penitenciario”, agregó a su turno la camarista Adriana Giagni Rojas.

Condena por lesión de confianza

Luis Alberto Riart Montaner, quien se desempeñó como ministro de Educación y Ciencias durante el gobierno de Fernando Lugo (2008 - 2011) fue condenado a 3 años de cárcel por el hecho punible de lesión de confianza, por Sentencia Definitiva N° 221, del 2 de julio del 2019, dictado por el Tribunal de Sentencia integrado por las juezas Gloria Hermosa, Mesalina Fernández y Alba González, confirmada en instancias superiores.

La condena es por la compra del edificio Excelsior, en el 2009 y que según se probó en juicio, ocasionó al MEC un perjuicio patrimonial de G. 14.045.123.400.

Edificio Excélsior ubicado en Pte. Franco esq. 15 de Agosto, dejó un "clavo" de más de G. 14 mil millones al MEC.

Riart se mantuvo con medidas alternativas a la prisión preventiva desde el inicio del proceso hasta el 24 de junio de 2024 cuando se presentó en la Oficina de Guardia del Palacio de Justicia de Asunción, para cumplir su condena.

Mendoza dispuso la reclusión de Riart en la Agrupación Especializada de la Policía Nacional, a fin de salvaguardar su integridad física, en atención al cargo que ocupó, pero el exministro solo estuvo 6 meses preso ahí.

El 10 de diciembre de 2024, mediante el Auto Interlocutorio N° 115, el exministro fue beneficiado con la prisión domiciliaria y a la fecha, ha cumplido gran parte de su pena en su residencia.

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