Confirman condena por asalto a local de Biggie del barrio San Vicente

Asalto perpetrado el 22 de octubre de 2022 al local comercial Biggie en el barrio San Vicente. Ahora, la Cámara confirmó la condena a los autores del atraco.gentileza

Un Tribunal de Apelación confirmó las condenas de 8 años y de 7 años y seis meses para los autores de un asalto a un local de Biggie ubicado en el barrio San Vicente, de Asunción, ocurrido en mayo de 2022. En la ocasión, los asaltantes fueron detenidos por la Policía pocas cuadras del local, luego de una persecución a tiros por la zona.

El asalto que dio inicio al proceso ocurrió entre las 18:41 y 18:45 del 28 de mayo de 2022, cuando Jesús Francisco López Domínguez, de 25 años, ingresó al local comercial Biggie, ubicado sobre Gral. Santos casi 2 de Mayo del barrio San Vicente. En las afueras del local, le esperaba en una motocicleta en marcha Gonzalo Gabriel González Giménez, de 20 años.

Una vez en el interior del local, López desenfundó un revólver y apuntó el arma contra los cajeros Luz Marina Isasi Fernández, Dahiana Magali Rodríguez Toledo y Jonathan Andrés López, a quienes exigió la entrega de todo el dinero que tenían.

Los aprehendidos fueron Gonzalo Gabriel González Giménez, de 20 años, quien estaba al mando de una motocicleta y Jesús Francisco López Domínguez, de 25 años, quien ingresó al local comercial a perpetrar el robo en un local de la cadena Biggie, en el barrio San Vicente. Fue en el año 2022.

Personal de la comisaría 14ª se encontraba patrullando la zona cuando se percató de la presencia sospechosa de un hombre en una motocicleta estacionado frente al comercio mientras que otro estaba dentro apuntando con su arma a los empleados.

Tras apoderarse de un total de G. 5.595.301, López salió del supermercado con las dos bolsas de dinero en su poder y se dirigió al estacionamiento que se encuentra en la vereda, donde le esperaba González.

Persecución policial y balacera en San Vicente

Para ese entonces, el suboficial Rolando Arias ya había alteado al joven de la motocicleta y al ver esta escena, López apuntó al agente y gatilló el arma inclusive, pero esta no funcionó. Por su parte, el agente realizó disparos intimidatorios y pidió refuerzos por radio a los demás móviles patrulleros.

Ante esta situación, los asaltantes optaron por abandonar la moto e huir a pie, en lo que fueron perseguidos por Arias, quien dio alcance a González en la calle Agustín Yegros, en su intersección con Ingeniero Julio Ramón de César.

Armas y dinero incautado a los detenidos tras el asalto en el barrio San Vicente.

López siguió corriendo y fue aprehendido por los agentes Juan Benítez y Pedro Garcete, sobre la calle Moleón Andreu esquina Del Rosario, barrio Santa Librada de Asunción. Este detenido tenía en su poder un revolver de la marca Doberman calibre 32, de color negro y dos bolsas de polietileno con el dinero robado.

En un juicio oral y público que tuvo lugar el 22 de octubre de 2025, Jesús López fue sentenciado a 8 años de cárcel y Gonzalo González a 7 años y 6 meses de pena privativa de libertad. Ambos fueron declarados culpables de robo agravado, delito que tiene una expectativa de pena de hasta 15 años de cárcel.

Defensa de condenados por asalto a Biggie abogó por pena reducida

El fallo condenatorio, dictado por el Tribunal de Sentencia presidido por Juan Vicente Fretes e integrado por Héctor Fabián Escobar y Carlos Manuel Hermosilla, fue apelado por las defensora pública María Gabriela Vera Urquhart y Cynthia Raquel Noguera Chaparro, en representación de López y González, en ese orden.

Básicamente, la defensa sostiene que el colegiado la no ha desarrollado un correcto análisis de las bases de la medición de la pena que, a su criteiro, es desproporcional. En oportunidad de contestar los agravios de la defensa, el fiscal Gerardo Manuel Mosqueira Silva solicitó la confirmación de la sentencia.

Voto en mayoría por la confirmación de la condena por asalto

El Tribunal de Apelación en lo penal, primera sala, integrado por Camilo Torres, Jesús Riera y Paublino Escobar, concluyó que la sentencia definitiva (SD) N° 541 está debidamente fundada y carece de vicios o errores que ameriten su modificación.

“(...) podemos observar que la resolución recurrida se ajusta a derecho y se encuentra debidamente justificada y la misma expone claramente los elementos que hacen a su decisión, así mismo se debe indicar que el razonamiento del Tribunal Colegiado de Sentencias de la Capital es válido y se halla bien expresado”, explica el camarista Torres.

“Las defensas técnicas se limitan a formular afirmaciones genéricas acerca de una supuesta incorrecta valoración probatoria, sin individualizar qué prueba específica fue indebidamente apreciada, ni explicar de qué manera concreta se habría vulnerado el sistema de sana crítica previsto en el Art. 175 del Código Procesal Penal”, expresó a su vez el magistrado Escobar.

El tercer integrante de la sala, Jesús Riera, votó por la confirmación de la condena a González pero disintió con sus colegas respecto a la pena aplicada a López. En ese sentido, votó por la realización de un nuevo juicio únicamente para una nueva medición de la pena, por considerar que el colegiado no consideró algunas circunstancias a favor del condenado.

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